Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05727/2022)
Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual "Jardibattal"
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Ayuntamiento de La Albuera

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D) Prescripción de las faltas.
Las faltas leves prescribirán a los 3 meses, las graves a los 4 meses y las muy graves a los 6 meses, a partir de la fecha en la
que la entidad promotora tenga conocimiento de las mismas.
E) Procedimiento:
1) Comunicación por escrito a la entidad promotora por parte de el/la Directora/a-Gestor/a de los hechos que
motivan la falta.
2) Comunicación por escrito al trabajador/a informándole de la apertura de expediente disciplinario haciendo
constar la fecha y los hechos que lo motivan.
3) Se dará audiencia al interesado/a por plazo de 10 días, para constatación de los hechos, y para que efectúe
las alegaciones o aporte la documentación que tenga por conveniente en su descargo.
4) El/a Director/a-Gestor/a dará traslado de la propuesta de sanción a la entidad promotora.
5) En su caso, el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Albuera, dictará resolución al respecto;
debiendo ser notificada al interesado/a y en la que deberán constar los siguientes datos:
1. a. Descripción de los hechos, así como la fecha en que se produjeron.
2. b. Indicación de la categoría de falta que corresponde a los hechos según lo recogido dentro del
reglamento de régimen interno.
3. c. Comunicación del recurso.
6) Se remitirá informe al SEXPE de las faltas muy graves.
7) El trabajador/a tendrá derecho a apelar la sanción, presentando por escrito y dentro de un plazo de tres
días hábiles desde la notificación las alegaciones oportunas.
8) En el caso de faltas muy graves (baja definitiva), requerirá la tramitación establecida en la normativa
concordante del programa de formación y empleo "Escuela Profesional Dual Jardibattal".
Artículo 14.- Régimen Jurídico, jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia y modificación
a) Régimen Jurídico.- En lo no establecido en el presente reglamento de régimen interno, se estará a lo
dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del Organismo Autónomo del
Servicio Extremeño Público de Empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente.- La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca de las cuestiones que
conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la entidad promotora y los alumnos/astrabajadores/as, así como entre ésta y los integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor.- El presente reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado íntegramente por
las personas abajo firmantes y se hayan cumplido los trámites exigidos por el artículo 49 de la ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
d) Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo del programa de formación y
empleo "Escuela Profesional Dual Jardibattal", todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/reforma.- La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento del/la director/agestor/a del programa de formación y empleo "Escuela Profesional Dual Jardibattal", podrá acordar las
modificaciones que se estimen convenientes al presente reglamento de régimen interno, con sujeción a los
trámites establecidos para su aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes. Quedan
exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente aplicables por reformas que se
produzca durante su vigencia en la normativa que regula la materia.
El presente reglamento de régimen interno, ha sido aprobado por los abajo firmantes en representación de la entidad
promotora.
DILIGENCIA.- Para hacer constar que el "reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual
"Jardibattal", fue leído íntegramente, y puesto en conocimiento tanto de los alumnos/trabajadores como del
equipo directivo y docente, en reunión mantenida al efecto con fecha 26 de octubre de 2022.
Y para que así conste, se firma el presente reglamento de régimen interno, en La Albuera a 26 de octubre de 2022.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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