Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05735/2022)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local, como personal laboral fijo, mediante concurso, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre

Anuncio 5735/2022

- Gestión de empleo/desarrollo local.
- Orientación/inserción laboral. Mercado laboral. Búsqueda de empleo.
- Planes de viabilidad y estudios de mercado.
- Relaciones humanas.
- Servicio al ciudadano.
- Tutor de empresas.
- Solicitudes de subvenciones.
- Tramitación y justificación de subvenciones.
- Estrategias de dinamización del desarrollo local.
- Gestión de actividades de ocio y tiempo libre.
- Prevención de Riesgos Laborales.
- Diseño de proyectos de fondos europeos.
- Asesoramiento ambiental.
- Asesoramiento a explotaciones agrícolas y ganaderas.
- Promoción de la igualdad en las empresas.
- Intermediación laboral en la empresa.

Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario
reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al que le sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el artículo 57 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de los títulos de: Grado universitario, diplomatura, licenciatura o equivalente. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
Los requisitos precedentes deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y
mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral fijo de esta Corporación. Cuando se trate de
requisitos de capacidad para el desempeño de las funciones públicas también deberán preservarse a lo largo de la carrera
profesional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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