Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bienvenida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05728/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de Jardinero como personal laboral mediante concurso, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Bienvenida

Anuncio 5728/2022

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida. ESO, Graduado Escolar o Título que habilite para el ejercicio de esta profesión
regulada de acuerdo con la legislación vigente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión
de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o
certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen.
Estos requisitos deberán poseerse como fecha límite el último día del plazo de presentación de instancias.
2,2.- Turno de reserva y aspirantes con discapacidad.
No se establece un turno de reserva en el presente proceso selectivo.
En todo caso, el grado de discapacidad que resulte acreditado habrá de ser compatible con el desempeño de
las tareas y funciones correspondiente al puesto ofertado.
TERCERA.- Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán constar que
reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr.
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro electrónico general de este
Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento (http://bienvenida.sedelectronica.es) insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del
proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban
realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará
de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del
tratamiento de estos datos.
La documentación a cumplimentar y presentar para la admisión en el proceso selectivo, es la siguiente:
1.- Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en la prueba de acceso, en las que se hará constar que
reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases para la plaza que se opta, se dirigirán al Sr. AlcaldePresidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en
alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o por vía telemática.
2.- En su caso, documentos que acrediten los méritos de baremación correspondientes a otra Administración
Pública distinta del Ayuntamiento de Bienvenida y los méritos alegados en formación de conformidad con la
base octava, apartado 8.5. "acreditación de los méritos".
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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