Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05758/2022)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Ingeniero Técnico Agrícola acogida al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5758/2022

Los servicios prestados para este Ayuntamiento se acreditarán mediante el correspondiente certificado de
servicios prestados emitido de oficio por el Negociado de Personal, que lo remitirá al Tribunal de Selección y
al interesado.
Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado del secretario de la
Corporación o entidad acompañados de vida laboral actualizada, debiendo constar la siguiente información:
puesto y funciones realizadas, tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación), fecha
de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones, régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el
permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso, se computarán
incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin
reducción de jornada. No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de
ningún tipo ni en servicios especiales. Tampoco se valorarán los servicios prestados como personal eventual
ni como personal directivo profesional. En ningún caso se computarán servicios que hubiesen sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados
7.ª.3.- Otros méritos: Este apartado tendrá una valoración máxima de 1 punto, serán valorados los siguientes
méritos atendido al baremo que se establece:
a). Por formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos y acciones de formación,
siempre que estén orientados al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la
categoría profesional a la que se desea acceder, que se hayan recibidos o impartidos por el
INAP, las escuela de formación pública de las comunidades autónomas, diputaciones,
ayuntamientos o mancomunidades, por la universidad, organizaciones sindicales, colegios
profesionales o institución pública de carácter reconocido.
También se consideraran los recibidos o impartidos en el marco de la formación ocupacional,
siempre que estén acreditados por cualquier Servicio Público de Empleo o entidad homologada
por cualquier Administración Pública a nivel nacional y estén orientados al desempeño de
funciones en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea acceder.
Por cada 10 horas de formación (que se consideran un crédito) se otorgarán 0,20 puntos, hasta
un máximo de 1 punto.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque
se haya repetido su participación y se valorará únicamente el de mayor duración.
Cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal
valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se
acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
La formación recibida se justificará con el correspondiente certificado o diploma, en el que
conste la firma del Secretario, Gerente o Coordinador y el visto bueno del responsable de la
Entidad que lo imparte con mención expresa al contenido y duración del mismo expresada en
horas o días.
La formación impartida se justificará con el certificado del Secretario de la Administración,
Entidad u Organismo con el visto bueno de su Presidente, debiendo constar el contenido del
curso y su duración expresada en horas. No considerándose aquellos que se hayan impartido
en el seno de una prestación de servicios que se haya puntuado en el apartado de experiencia
profesional.
El órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
b). Memoria Funcional: Para delimitar los conocimientos profesionales y formativos aplicados al
puesto de trabajo convocado. Tendrá una valoración máxima de 1 punto.
b).1.- Presentación de la memoria. La personas interesadas deberán elaborar y presentar, junto
con la solicitud de participación en el proceso, una Memoria consistente en una propuesta de
mejora de las funciones y tareas del puesto correspondiente a la plaza objeto de la
convocatoria y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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