Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05695/2022)
Bases por la que se convocan a concurso varias plazas acogidas al proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Valverde de Leganés
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Valverde de Leganés

Anuncio 5695/2022

1.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado antigüedad en el Ayuntamiento de Valverde de
Leganés ocupando la plaza objeto de la convocatoria.
2.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado antigüedad en otra Administración Pública
ocupando la plaza objeto de la convocatoria.
3.º. Mayor puntuación obtenida la formación académica.
4.º. Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada en
relación a cualquiera de los méritos indicados anteriormente o solicitar cuantas aclaraciones o información
adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
3. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de Selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas
puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
4. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las plazas convocadas, de quienes
hayan obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
Octava.- Calendario.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Novena.- Bolsa de trabajo.
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
Décima.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
Una vez finalizadas el concurso de méritos, el Tribunal hará pública la relación de personas calificadas por orden de
puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para adjudicación en las plazas convocadas, de quienes haya
obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
Las personas seleccionadas deberán presentar en el Ayuntamiento de Valverde de Leganés dentro del plazo de veinte días
hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de personas seleccionadas, los siguientes
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI o del documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho
título.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
e) En su caso, certificado oficial que acredite discapacidad, dictamen técnico facultativo e informe que acredite
la compatibilidad del aspirante para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas. Tratándose de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 10