Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05709/2022)
Bases de la convocatoria de selección de una plaza de Auxiliar Administrativo y una plaza de Encargado de Edificios Municipales, como personal laboral fijo, mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público para la estabilización
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Ayuntamiento de La Albuera
Anuncio 5709/2022
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos para su nombramiento o
contratación.
Los aspirantes propuestos acreditaran ante la administración los documentos justificativos de la condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas
todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Los aspirantes propuestos, con excepción de aquellos que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de La Albuera,
deberán someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su capacidad
para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un dictamen
negativo, el aspirante no podrá ser nombrado o contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
Noveno. Incompatibilidades.
El aspirante propuesto quedara sujeto al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable.
Décimo. Incidencias.
Contra la resolución aprobatoria de las bases y la convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los
interesados alternativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de publicación del
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a elección del recurrente, el que corresponda a su domicilio,
con el límite de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Si se optara por interponer el recurso
potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta. En lo no previsto en las bases será de aplicación el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5//2015, de 30 de
octubre; La Ley 20/20221, de 28 de diciembre, de medidas urgentes par al reducción de la temporalidad en el empleo
público. La Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el
Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado pro el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, pro el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; y la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Decimoprimera. Igualdad de género.
Sin menoscabo del cumplimiento del principio de Igualdad entre Hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases
se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexo.
PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO Y UNA PLAZA DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS MÚLTIPLES,
COMO PERSONAL LABORAL FIJO MEDIANTE CONCURSO, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO EXTRAORDINARIA
PARA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA ALBUERA
(DISPOSICION ADICIONAL SEXTA DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE
LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO)
SOLICITUD DATOS DEL/A SOLICITANTE:
Nombre y apellidos:
DNI:
Teléfono:
Domicilio:
Correo electrónico:
Manifiesto que reúno todas las condiciones y requisitos exigidos en las bases reguladoras.
Plaza/s a la que aspira (señalar con una X):
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos para su nombramiento o
contratación.
Los aspirantes propuestos acreditaran ante la administración los documentos justificativos de la condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas
todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Los aspirantes propuestos, con excepción de aquellos que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de La Albuera,
deberán someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su capacidad
para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un dictamen
negativo, el aspirante no podrá ser nombrado o contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
Noveno. Incompatibilidades.
El aspirante propuesto quedara sujeto al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable.
Décimo. Incidencias.
Contra la resolución aprobatoria de las bases y la convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los
interesados alternativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de publicación del
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a elección del recurrente, el que corresponda a su domicilio,
con el límite de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Si se optara por interponer el recurso
potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta. En lo no previsto en las bases será de aplicación el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5//2015, de 30 de
octubre; La Ley 20/20221, de 28 de diciembre, de medidas urgentes par al reducción de la temporalidad en el empleo
público. La Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el
Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado pro el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, pro el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; y la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Decimoprimera. Igualdad de género.
Sin menoscabo del cumplimiento del principio de Igualdad entre Hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases
se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexo.
PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO Y UNA PLAZA DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS MÚLTIPLES,
COMO PERSONAL LABORAL FIJO MEDIANTE CONCURSO, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO EXTRAORDINARIA
PARA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA ALBUERA
(DISPOSICION ADICIONAL SEXTA DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE
LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO)
SOLICITUD DATOS DEL/A SOLICITANTE:
Nombre y apellidos:
DNI:
Teléfono:
Domicilio:
Correo electrónico:
Manifiesto que reúno todas las condiciones y requisitos exigidos en las bases reguladoras.
Plaza/s a la que aspira (señalar con una X):
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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