Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05682/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición para cubrir una plaza de Maestro de Obras vacante en el Ayuntamiento de Almendral
12 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Almendral

Anuncio 5682/2022

Sexta.- Tribunal Calificador.
1. El Tribunal Calificador será nombrado por resolución de la Alcaldía, ajustando su composición a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, de conformidad con lo establecido en el Texto Refundido del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,de 30 de octubre.
2. El Tribunal será un órgano colegiado y estará formado por cinco miembros: 1 Presidente y cuatro vocales, actuando uno
de ellos de secretario/a y su composición atenderá al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, salvo por
razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
3. La designación de los miembros del Tribunal será a título individual e incluirá la de las respectivas personas suplentes. Los
vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superiora las exigidas para el acceso a las plazas
convocadas.
4. Para la constitución y actuación válidas del Tribunal se requerirá la presencia de la mitad más uno de sus miembros
titulares o suplentes, y siempre la del/la Presidente y Secretario/a, o sus sustitutos.
5. El Tribunal está facultado para resolver cualquier incidencia y para tomar los acuerdos necesarios para llevar a buen fin el
proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases o en la legislación aplicable. Adoptará sus decisiones por mayoría de
los miembros presentes, mediante votación nominal y, en caso de empate, se repetirá la votación, en la que, si persiste el
empate, este lo decidirá la presidencia con su voto de calidad.
6. El/la Secretario/a del Tribunal levantará acta de las sesiones que deberán ser leídas, aprobadas y firmadas al comienzo de
cada una de ellas. El acta final en la que figurará la propuesta de nombramiento deberá ser firmada por todas las personas
componentes del Tribunal.
7. Los aspirantes podrán recusar a cualquiera de los miembros del Tribunal y estos deberán abstenerse de actuar si en ellos
concurre alguna de las circunstancias del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 24 de esta misma Ley.
8. El Tribunal tendrá la categoría: Tercera conforme a lo preceptuado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
Indemnizaciones por razón del servicio.
Séptima.- Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición libre, constando de dos fases. La fase oposición consistirá en la
realización de una prueba práctica, consistentes en dos ejercicios, obligatorias y eliminatorias para los aspirantes, que
tendrá por objeto conocer la capacidad, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desarrollo de las funciones propias del
puesto a cubrir, mientras que la fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos, de acuerdo al baremo
consignado en la presente convocatoria.
La puntuación máxima alcanzable será de 30 puntos en la fase de oposición y de 87 puntos en la fase de concurso.
Fase oposición:
Los/as aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos/as de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su identidad.
Los/as aspirantes deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético,
comenzando por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "P", según la resolución de 16 de
febrero de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad al resultado del
sorteo público que ha de determinar el orden de actuación y prelación de los aspirantes en las pruebas
selectivas que se convoquen durante el año 2022.
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los
aspirantes, calificándose hasta un máximo de 30 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un
mínimo de 15 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética
de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal. Los ejercicios de la oposición
serán los siguientes:
Primer ejercicio: Prueba práctica de manejo de tractor.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 12