Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llerena. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (05669/2022)
Bases que han de regir el proceso selectivo para la formación de una bolsa de empleo para el nombramiento de personal funcionario interino en la categoría de Arquitecto Técnico, grupo A, subgrupo A2, del Ayuntamiento de Llerena
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Ayuntamiento de Llerena

Anuncio 5669/2022

este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo
16.4, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser
certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias
han tenido entrada en el registro general de este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la
mencionada oficina.
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles contados a partir del siguiente al de
la publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz,
atendiendo al principio de celeridad y por la necesidad de atender razones expresamente justificadas de
necesidad y urgencia.
3.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o
a petición de la persona interesada.
3.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en el apartado 3.3 de la
presente base para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución dentro del plazo de quince
(15) días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que
se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el tablón electrónico de la sede electrónica
(https://sede.llerena.es/) y en la portada de la página web municipal (sección "últimas noticias"), se señalará
un plazo de cinco (5) días hábiles para subsanación, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la
lista provisional en el tablón alojado en la sede electrónica del Ayuntamiento. Las personas que, al amparo de
lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, utilicen un registro o lugar - incluida Oficina de Correos - distinto del registro
general del Ayuntamiento de Llerena para presentar subsanaciones, deberán enviar además una copia
debidamente registrada de tal documentación de subsanación al correo electrónico transparencia
@llerena.org.
4.2.- Las personas excluidas, así como las omitidas en la relación de admitidos y excluidos, dispondrán, por
tanto, de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista
provisional de admitidos y excluidos en tablón electrónico de la sede electrónica, para subsanar los defectos
que hayan motivado su exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Las personas que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
4.3.- Finalizado el plazo de subsanación, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el tablón
electrónico de la sede electrónica (https://sede.llerena.es/) y en la portada de la página web municipal (sección
"últimas noticias"), la resolución elevando a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos, con la
inclusión correspondiente como admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores
u omisiones.
En la resolución aprobatoria de la lista definitiva se determinará el lugar, fecha y hora de realización de los
ejercicios que integran la fase de oposición, así como la composición del Tribunal de selección.
La publicación de la resolución aprobatoria de la lista definitiva en el tablón electrónico de la sede electrónica
(https://sede.llerena.es/) será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
4.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la
subsanación de defecto u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
conforme a la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
Quinta.- Tribunal de selección.
5.1.- El Tribunal de selección estará compuesto como sigue:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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