Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05484/2022)
Extracto de la convocatoria abierta de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Deportiva 2023 de la Diputación de Badajoz
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Delegación de Cultura y Deportes

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Base 4. Cantidades a subvencionar.
Cada uno de los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz podrá solicitar dos subvenciones para la
celebración de dos actividades deportivas concretas y diferenciadas, a realizarse durante una o varias jornadas. La cantidad
máxima a subvencionar por cada actividad ascenderá a 600,00 euros (impuestos incluidos en su caso).
Base 5. Solicitudes, plazos y procedimiento.
Cada localidad podrá celebrar dos actividades deportivas desde el día 1 de enero de 2023 hasta día 20 de noviembre de
2023. Celebradas las actividades, abonarán la/s factura/s correspondientes a los gastos contratados y realizados.
1.- Los municipios y entidades locales menores deberán enviar cumplimentado y por cada una de las
actividades, con al menos 15 días naturales de antelación a la fecha de celebración de las mismas, el modelo
que figura en el anexo I de la convocatoria en el que se incluyen los datos relativos a la actividad a realizar,
día, hora, lugar de celebración y presupuesto detallado de gastos.
2.- Una vez celebrada la actividad y abonada la/s factura/s correspondiente/s, deberán enviar cumplimentada,
y por cada una de las dos actividades, la documentación que a continuación se relaciona:
- Solicitud de subvención conforme al anexo II.
- Declaración responsable según modelo del anexo III.
- Certificación del Secretario/Secretario-Interventor de la entidad, con el V.º B.º del Alcalde, en la
que se haga constar que se ha efectuado el pago efectivo de la/s factura/s, la fecha en la que se
realizó dicho pago y que no se dispone de ninguna otra subvención destinada a dicha actividad
que sumada a la de Diputación de Badajoz exceda del importe total de la misma, según modelo
del anexo IV.
- Copia de la factura/s detallada de gastos abonada/s por el ayuntamiento y copia del
documento acreditativo del pago efectivo.
3.- El plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida será de 1 mes a contar a
partir del día siguiente al de la celebración de la actividad.
La solicitud y documentación se presentará exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la
sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/ y el acceso deberá
realizarse con certificado digital de representación de la entidad local.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
En el supuesto de que la actividad se celebre desde el día 1 de noviembre hasta el día 20 de noviembre de
2023, el plazo para presentar la solicitud de subvención y la documentación requerida finalizará en todo caso
el día 30 de noviembre de 2023.
4.- La comunicación, solicitud y anexos mencionados deberán contener la firma electrónica requerida en la
Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021), y
en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Base 6. Gastos subvencionables.
1. A efectos de gastos se establecen los siguientes extremos:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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