Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05441/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración de actividades deportivas durante el año 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

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f) Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación de
Badajoz, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los
resultados de los proyectos subvencionados.
g) Comunicación a través del correo deporte@dip-badajoz.es a la Diputación de Badajoz de cualquier acto
público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con motivo de la
realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
h) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de las obligaciones establecidas en esta base 9, se tendrá en cuenta a la
hora de valorar la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además, dará lugar a los
correspondientes requerimientos, apercibimientos y, en su caso, al inicio del expediente de reintegro.
Base 10. Justificación de la subvención. estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación: El pago de los gastos y la justificación de la subvención otorgada habrá de efectuarse con fecha
límite del 31 de enero de 2024. No obstante la justificación podrá presentarse desde la fecha de finalización de la actividad
subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución, hasta el 31 de enero de 2024.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá por medios electrónicos mediante su
presentación a través de la sede electrónica ubicada en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/ de Diputación de Badajoz, y
conforme a la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación
de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención (anexo VII), así
como la subsanación de la misma (anexo VIII), estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz
ubicada en su página principal en la siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es, así como también en las direcciones:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
La remisión de la justificación deberá acompañarse de los documentos de justificación adicionales que sean necesarios
conforme a los modelos normalizados.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una declaración de las
actividades realizadas y los resultados obtenidos. Esta memoria deberá recoger, para el caso de que el importe de la
subvención concedida haya sido inferior al solicitado, una explicación de cómo han procedido ajustar el alcance de la
actividad subvencionada o, en su caso, cuál ha sido la alternativa de financiación.
Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del proyecto,
destacando dónde han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su imagen corporativa, según
establece el apartado d) de la base 9 de la convocatoria.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta Diputación, está referida
a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las diferentes notas de prensa que pudiera
publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas que les realicen, foros a los que asistan, videos que
editen, cartelería u otros similares donde difundan la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen
corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en la memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes digitales
con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la
autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para su aportación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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