Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Amalia. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05632/2022)
Bases por la que se convoca a concurso una plaza de personal laboral fijo de Operador Informático acogida al proceso de estabilización extraordinario de empleo público del Ayuntamiento de Santa Amalia
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Ayuntamiento de Santa Amalia

Anuncio 5632/2022

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación de Bachiller o Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas o
equivalente.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
tercera.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en esta base se acreditará mediante la declaración responsable contenida en
la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los
datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten seleccionados deban aportar en el momento de su
nombramiento la documentación acreditativa correspondiente.
Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias.
1. Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las
condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta
del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2. Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://santaamalia.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
3. Los derechos de examen se fijan en 25,00 € de acuerdo con la Ordenanza reguladora de las tasas por derechos de
examen (BOP número 133 de 15 de julio de 2021), y que se llevará a cabo mediante el ingreso en la cuenta bancaria de la
que es titular el Ayuntamiento de Santa Amalia en la entidad Banca Pueyo ES70 0078 0003 1640 1200 3007.
4. Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la
sede electrónica de este Ayuntamiento [http://santaamalia.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios, para mayor
difusión, se señalará un plazo de cinco días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://santaamalia.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios, para mayor difusión. Igualmente, en la misma resolución,
se hará constar la designación nominal del Tribunal.
Quinta. Tribunal Calificador.
Se ajustará a lo establecido en el artículo 60 del Estatuto Básico del Empleado Público del Empleado Público.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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