Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. (05600/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Limpiador/a vacante en el Ayuntamiento de Almendral
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Ayuntamiento de Almendral

Anuncio 5600/2022

cada una de ellas. El acta final en la que figurará la propuesta de nombramiento deberá ser firmada por todas las personas
componentes del Tribunal.
7. Los aspirantes podrán recusar a cualquiera de los miembros del Tribunal y estos deberán abstenerse de actuar si en ellos
concurre alguna de las circunstancias del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 24 de esta misma Ley.
8. El Tribunal tendrá la categoría: Tercera conforme a lo preceptuado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
Indemnizaciones por razón del servicio.
Séptima.- Sistema selectivo y desarrollo.
La selección se realizará por el sistema de concurso:
El concurso se celebrará en el lugar, día y hora que establezca la resolución de Alcaldía por la que se aprueba la lista
definitiva de los candidatos.
Octava.- Descripción del proceso selectivo.
La selección de los aspirantes se realizará a través del concurso de los méritos alegados.
La documentación justificativa de los méritos evaluables deberá ir, ordenada y numerada. Solo serán tenidos en cuenta los
méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.
En el caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano
calificador, los mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados, ni puntuados.
Las certificaciones de realización de cursos sólo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los
mismos.
El Secretario del Tribunal levantará acta de las sesiones que deberán ser leídas, aprobadas y firmadas al comienzo de cada
una de ellas. El acta final en la que figurará la propuesta de aprobados deberá ser firmada por todos los componentes del
Tribunal.
La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos apartados de la fase de concurso y superará el proceso
selectivo aquel opositor que obtengan puntuación suficiente para resultar incluido dentro del número de aspirantes que por
orden de puntuación obtenida de mayor a menor coincida con el número de plazas convocadas.
Las calificaciones se harán públicas y los interesados dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para interponer
reclamaciones contra las mismas. Una vez resueltas las reclamaciones que pudieran presentarse, el Tribunal publicará las
calificaciones definitivas.
El concurso valorará los méritos aportados y justificados documentalmente conforme al siguiente baremo:
1. Servicios prestados (72 puntos máximo) en un periodo de 6 años.
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal, cualquiera que sea la
modalidad del nombramiento interino/a/ contratación temporal o indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de
publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE, con un máximo de 6 años para los apartados 1 y 2, de
acuerdo con el siguiente baremo:
1.1. Por cada mes de servicios prestados en la administración convocante (Ayuntamiento de Almendral),
ocupando el puesto de trabajo correspondiente a la plaza igual a la que es objeto de la convocatoria, se
otorgarán 1,00 puntos por mes completo, hasta un máximo de 72 puntos.
1.2. Por cada mes de servicios prestados en cualquier administración pública en plazas de igual denominación
y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de las plazas convocadas, se otorgarán 0,35 puntos por
mes completo, hasta un máximo de 72 puntos.
Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social
acompañado de certificados o informes de la administración contratante que identifiquen la categoría
profesional y funciones de la plaza ocupada.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Almendral serán comprobados de oficio por el mismo.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello, se calculará en cada apartado del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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