Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Dirección General de Industria, Energía y Minas (Mérida). (04863/2022)
Resolución por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la infraestructura de evacuación L.A.A.T. 220 kV S/C "Subestación Edificio ICE (Renopool) - Subestación Edificio ICE (Candelaria) y Subestación Edificio ICE (Renopool)"
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Dirección General de Industria, Energía y Minas

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Energía y Minas todas las funciones relacionadas con la dirección de las políticas de industria, energía y minas.
Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.2 y 6.3 del decreto 221/2012, de 9 de noviembre, la competencia para
adoptar la presente resolución corresponde a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Segundo.- La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en
funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica están
sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la Ley indicada y en sus
disposiciones de desarrollo. Así mismo declara de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución
de electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre bienes y derechos necesarios para
establecerlas, si bien establece la condición de que las empresas titulares de las instalaciones deberán solicitarla de forma
expresa, como así ha sido en el presente caso.
Asimismo de conformidad con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez
concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones recibidas durante la instrucción del
procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes
en el mismo emitidos por otras administraciones públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en la legislación vigente, y
considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Dirección General,
RESUELVE
Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación que a continuación se detalla, a los efectos señalados en el artículo
149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
- Ubicación de la infraestructura de evacuación: Polígono 73, parcela 5, 9.006, 3, 7, 11, 10, 12, 9.010, 18, 17, 16
y 9.002 ; polígono 74, parcelas 9.007, 16, 19, 9.001, 49, del término municipal de Badajoz; polígono 11,
parcelas 9.005, 5, 9.003, 3, 4 y 9.008; polígono 10, parcelas 9.009, 19, 9.004, 36, 18, 30, 199, 31, 38, 27, 31 y
9.003; polígono 9, parcelas 9.002 y 41 del término municipal de Lobón (Badajoz).
- Características de la instalación:
o Nombre de la instalación: L.A.A.T. 220 kV S/C "Subestación Edificio ICE (Renopool)" –
"Subestación Edificio ICE (Candelaria)" y "Subestación Edificio ICE (Renopool)".
o Infraestructura Común de Evacuación "Subestación Edificio ICE (Renopool)", servicio
intemperie, constituida por:
● Posición de salida de línea 220 kV hacia la "Subestación Edificio ICE
(Candelaria)", objeto de otro proyecto (expediente GE-M/86/20).
● Posición de entrada de línea 220 kV procedente de la subestación
transformadora "El Encinar I", objeto de otro proyecto (expediente GE-M/54/19).
● Barra colectora 220 kV para la conexión, a través de seccionador de barras, con
la barra colectora de 220 kV perteneciente a la Subestación "SET Renopool"
anexa, objeto de otro proyecto (expediente GE-M/32/20).

A través de esta infraestructura evacuarán las siguientes instalaciones de producción de energía eléctrica de la zona, objeto
de otros proyectos: "El Encinar I" (expediente GE-M/54/19), "Los Naipes" (expediente GE-M/56/19), "Los Naipes II"
(expediente GE-M/57/19), "CS Badajoz 1" (expediente GE-M/32/20), "CS Badajoz 2" (expediente GE-M/33/20), "CS Badajoz 3"
(expediente GE-M/34/20), "CS Badajoz 4" (expediente GE-M/35/20), "CS Badajoz 5" (expediente GE-M/36/20), "CS Badajoz 6"
(expediente GE-M/37/20) y "CS Badajoz 7" (expediente GE-M/38/20).

o Línea de evacuación constituida por tramo aéreo a 220 kV, con 15 apoyos metálicos,
conductor LA-455 (402-AL1/52-ST1A) y 5.101 metros de longitud, de conexión entre la
"Subestación Edificio ICE (Renopool)" y la "Subestación Edificio ICE (Candelaria)", objeto de otro
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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