Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Zarza. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05424/2022)
Bases específicas que regirán la convocatoria del proceso selectivo para el acceso, por el procedimiento extraordinario de estabilización, mediante el sistema de concurso, de una plaza de Conserje, laboral fijo del Ayuntamiento de La Zarza
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Ayuntamiento de La Zarza

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Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores
en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el plazo señalado.
Quienes dentro de dicho plazo no subsanen los defectos, justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso de selección.
En caso de no existir reclamaciones, se entenderá elevada la relación provisional de admitidos y excluidos,
automáticamente a definitiva.
6.4. Relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos:
Finalizado el plazo de subsanación, se dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de
admitidos y excluidos. Dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
contendrá la relación nominal de los aspirantes excluidos definitivamente, con su correspondiente
identificación, que se harán públicas mediante su exposición en el tablón de edictos y sede electrónica del
Ayuntamiento de La Zarza.
6.5. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa
imputable a los aspirantes.
7. Tribunal calificador.
7.1.- La composición del Tribunal de selección se ajustará a lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto
Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público -TREBEP-. Se constituirá atendiendo a los principios de imparcialidad, profesionalidad y
especialidad, en función de la disponibilidad de recursos, tendiendo a la paridad entre hombres y mujeres.
Tendrá la consideración de órgano colegiado y, como tal, estará sujeto a las normas contenidas en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público -LRJSP-.
7.2.- En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos,
se fijará la composición del Tribunal a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de
sus miembros.
7.3.- El Tribunal podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su
dirección y control directos, para aquellas pruebas que lo requieran, limitándose al ejercicio de sus
especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el Tribunal con voz, pero sin voto. Los asesores y
especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del
Tribunal.
7.4.- Para la válida constitución de los Tribunales, a efectos de la celebración de las sesiones, deliberaciones y
toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les
sustituyan, y de la mitad, al menos, del resto de sus miembros.
8.- Fase de concurso.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.4 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y en la resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización
derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, se han tenido en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se
trata.
Se valorarán los siguientes méritos (referidos al día en que concluya el plazo de presentación de instancias):
La fase de concurso del presente procedimiento selectivo tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, y estará
comprendida por:
8.1. Experiencia profesional:
- Servicios prestados en el Ayuntamiento de La Zarza, como personal laboral temporal o funcionario interino,
en la categoría de Conserje, a razón de 0,75 puntos por cada mes trabajado, hasta un máximo de 6,00 puntos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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