Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05404/2022)
Bases y convocatoria de subvenciones a asociaciones de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

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Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando por tanto de aplicación
para su cobranza lo previsto en el artículo 38 y siguientes de la Ley General de Subvenciones.
La resolución será notificada a la Intervención de Fondos y al interesado requiriéndosele para realizar el reintegro
correspondiente en el plazo y en la forma que establece el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto
939/2005, de 29 de julio.
14.- PAGO Y JUSTIFICACIÓN.
El abono de la subvención se realizará de la siguiente manera:
Dentro de los diez días siguientes a la resolución de concesión de la subvención, se abonará el importe de la misma a cada
beneficiario, previa presentación del acuerdo de aceptación de la subvención concedida (anexo IV), debidamente firmado y
suscrito por la persona que ostente la representación legal de la asociación y/o entidad beneficiaria.
Los gastos subvencionables son aquellos que de manera indubitada responden a la naturaleza de la actividad
subvencionada, que están efectivamente pagados y figuran en el correspondiente presupuesto, debiendo realizarse en el
plazo determinado en la propia convocatoria.
La justificación de estos gastos imputables y subvencionables, se hará inexcusablemente en los plazos, normas y requisitos
documentales que se exponen en el anexo VI de estas bases.
El importe justificado deberá alcanzar el 100% del presupuesto del proyecto aceptado. Caso de que la justificación no
alcance la totalidad del presupuesto aceptado, el/la beneficiario/a deberá reintegrar la parte proporcional correspondiente
del porcentaje de la subvención concedida.
Una vez informada favorable por la Tesorería Municipal la cuenta justificativa de subvención, y con la preceptiva fiscalización
previa por la Intervención Municipal o, en su caso, observadas deficiencias en la justificación, se formulará resolución donde
se relacionen aquellas subvenciones debidamente justificadas y aquellas otras a las que se proceda al inicio del expediente
de reintegro.
15.- INSPECCIÓN Y CONTROL.
El órgano instructor se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, a todos los efectos, así
como la de ordenar las inspecciones y controles que estime necesarios para verificar la correcta aplicación de la subvención
concedida.
16.- PROTECCIÓN Y CESIÓN DE DATOS.
En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, se informa que los datos personales facilitados, así como los que sean requeridos
posteriormente para completar el expediente, serán incorporados a un fichero, cuya titularidad corresponde al Excmo.
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
Con la remisión de los datos, se presta consentimiento expreso para que se pueda llevar a cabo el tratamiento de los
mismos, siempre para el cumplimiento de las finalidades anteriormente indicadas. Asimismo, queda informado de que
podrá ejercitar su derecho de acceso, rectificación, supresión, derecho a la limitación del tratamiento, así como a la
portabilidad y oposición mediante comunicación escrita al Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
La presentación de solicitud de la subvención implicará la aceptación de la cesión de los datos contenidos en la misma, con
fines de estadística, valoración y seguimiento y para la comunicación de los diferentes programas y actuaciones.
Asimismo, y a los efectos de dar cumplimiento al artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la concesión de la subvención implica la aceptación de ser incluida en una lista que se publicará de forma
electrónica o por cualquier otro medio, en la que figurarán las entidades beneficiarias, puntuación obtenida (atendiendo a
los criterios de baremación), CIF/NIF y el importe de la subvención.
Las entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normas de aplicación y teniendo
en cuenta, en su caso, que:
El acceso a la información necesaria para la realización del proyecto/actividad aprobado no supondrá "comunicación
de datos", a efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
Será su responsabilidad adoptar todas las medidas de índole técnica y organizativa que resulten necesarias para
garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, así como para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o
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