Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05404/2022)
Bases y convocatoria de subvenciones a asociaciones de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Fregenal de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 5404/2022
Bases y convocatoria de subvenciones a asociaciones de Fregenal de la Sierra

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES
En virtud de decreto de Alcaldía que obra al expediente de referencia, se aprueba la convocatoria de subvenciones en
materia de promoción:
a) Cultura.
b) Música.
c) Deportes.
d) Educación.
e) Juventud.
f) Servicios Sociales.
g) Turismo social.
h) Sanidad y consumo.
i) Medio ambiente.
j) Participación ciudadana.
k) Otras actividades.
De este Ayuntamiento con arreglo a las siguientes:
1.- BASES REGULADORAS.
Las subvenciones convocadas se regirán por:
Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones.
2.- CUANTÍA Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
Las subvenciones se concederán con cargo a las partidas presupuestarias y con el límite que figura en el cuadro siguiente:

Aplicación
334 480.0 0

Concepto y área

Importe

Subvención a asociaciones

35.000,00 €
Total presupuesto:

35.000,00 €

El límite individual, será de un máximo de mil euros por cada asociación beneficiaria/solicitante.
3.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD.
La subvención tiene por finalidad de conformidad con la Ordenanza general reguladora de subvenciones fomentar las
siguientes actividades desarrolladas dentro del término municipal de Fregenal de la Sierra.
a) Cultura: En el Área de Cultura son subvencionables cualquier actividad cultural programada relacionada
con las letras, ciencias, artes, el teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, encuentros y especialmente
las actividades de animación destinadas al fomento de la creatividad de artistas locales y de la participación
de la comunidad vecinal.
b) Música: Son subvencionables los espectáculos de los diversos estilos musicales, clásicos, canción, jazz, rock,
música folk, corales, bandas de música y, preferentemente, los programas de formación práctica musical.
c) Deportes: Son subvencionables los gastos derivados de la organización de actos y actividades deportivas;
actos tendentes a promocionar el deporte, gozando de especial protección la promoción del deporte en la
infancia y juventud; también podrán ser objeto de subvención los eventos deportivos especiales, o de gran
trascendencia o y tradición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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