Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (05450/2022)
Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de los Centros Integrales de Desarrollo -CID- de la Diputación de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Secretaría General
Badajoz
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Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de los Centros Integrales de Desarrollo -CID- de la Diputación de
Badajoz

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LOS CENTROS INTEGRALES DE DESARROLLO -CIDEl Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2022, aprobó inicialmente el
Reglamento de Régimen Interno de los Centros Integrales de Desarrollo -CID-, así como la derogación del Texto Refundido
actual, para su adaptación normativa y operativa.
El expediente fue sometido a información pública por plazo de treinta días hábiles, mediante anuncio publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia de 6 de octubre de 2022, y ante la ausencia de reclamaciones o sugerencias durante el período
establecido, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el citado acuerdo de contenido antes expresado -ya definitivo-, solo podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia,
de conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común y los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin
perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
En virtud de cuanto antecede, y de conformidad con lo establecido en los artículos 49, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, concordante con el 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para facilitar a los operadores jurídicos, unidades administrativas y ciudadanos en general su
manejo, se publica en anexo, el texto íntegro de citado Reglamento:
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Miguel Ángel Gallardo Miranda.

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ANEXO
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LOS CENTROS INTEGRALES DE DESARROLLO (CID)
PREÁMBULO
La Diputación de Badajoz tiene entre sus fines, conseguir el reequilibrio social, territorial y medioambiental, impulsando el
desarrollo económico y social de los municipios, a través de la descentralización de todas las políticas de desarrollo, y
apostando por la cooperación y coordinación con el resto de administraciones y entidades locales.
Como respuesta a esos fines, la Diputación de Badajoz apuesta por el diseño de una estrategia integral de desarrollo,
compartida entre los diferentes actores locales, basada en la concertación, la cooperación y la participación.
Para ello, la Diputación de Badajoz dispone de una Red de Centros Integrales de Desarrollo (en adelante CID), distribuidos
por toda la Provincia, que cuentan con diferentes tipos de despachos en los que puede instalarse, además de la propia
Diputación Provincial, cualquier entidad cuyo ámbito de trabajo sea el desarrollo local y las iniciativas empresariales que
soliciten el apoyo de la entidad provincial, tanto para su puesta en marcha, como para su consolidación.
Los CID tienen una funcionalidad diferente a otros inmuebles de uso compartido propiedad de la Diputación de Badajoz,
presentando necesidades organizativas distintas, que hace necesaria una reglamentación de sus normas de funcionamiento
y régimen interno. Por ello, se regirán en lo relativo a propiedad, infraestructuras y competencias demaniales, por el
Reglamento de edificios administrativos e industriales de la Diputación de Badajoz, y en cuanto al funcionamiento y régimen
interno, por el presente Reglamento.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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