Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (05450/2022)
Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de los Centros Integrales de Desarrollo -CID- de la Diputación de Badajoz
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 5450/2022

1. Las superficies comunes del edificio, tanto interiores como exteriores, se utilizarán únicamente para los
usos previstos sin que, en ningún caso, puedan mantenerse sobre ellas materiales o elementos ajenos a su
propia estructura.
2. Cada uno de los ocupantes de los diferentes espacios, tendrá libre uso de las superficies comunes, según
su destino, siempre y cuando no impida con ello los mismos derechos del resto de las personas usuarias de
los CID y su buen funcionamiento.
Artículo 23. Horario de funcionamiento.
1. Los CID estarán en funcionamiento los doce meses del año, en días laborables, de lunes a viernes,
respetando los festivos de carácter nacional, regional o local.
2. El horario de administración e información del centro, será de lunes a viernes, de 8:00 horas a 15:00 horas.
Se podrá autorizar el uso de sus instalaciones fuera de este horario, para el desarrollo de actividades o
eventos programados, en función de la disponibilidad de espacios y siempre supeditadas a la posibilidad de
apertura y cierre del centro. En la resolución por la que se autorice la actividad o evento, se hará constar el
tiempo de vigencia de la autorización, los servicios, espacios y recursos afectados y demás condiciones
especiales.
3. El personal de Diputación, el de las entidades colaboradoras y las personas y entidades beneficiarias de los
despachos de alojamiento empresarial, podrán acceder a sus despachos en cualquier momento, día y hora,
siempre que se respeten las medidas de seguridad comunicadas por el personal de Diputación.
4. Por razones de interés público, la Diputación de Badajoz podrá acordar motivadamente la fijación de un
horario ordinario distinto y dictar cuantas instrucciones resulten precisas para el adecuado funcionamiento
de los centros.
Artículo 24. Derecho de entrada.
La Diputación de Badajoz se reserva el derecho de entrar en cualquiera de los despachos de los CID ocupados por
entidades, personas emprendedoras y empresas, de forma individualizada, para comprobar el cumplimiento de las
obligaciones impuestas a las mismas para el uso de las oficinas, así como para poder efectuar, en su caso, las reparaciones
ordinarias necesarias. El acceso se realizará en presencia de las mismas, salvo en los casos de reparaciones urgentes o si ello
no fuera posible.
Artículo 25. Custodia de llaves.
1. Por razones de seguridad y para su utilización en casos de emergencia, la Diputación, conservará una copia
de las llaves, incluyendo las de los lugares de uso privativo.
2. Cada una de las beneficiarias de los despachos cedidos, dispondrá de dos copias de la llave de acceso a su
despacho y de la correspondiente a la puerta principal. Las copias de las llaves serán realizadas por la
Diputación de Badajoz, quedando totalmente prohibida la realización particular de copias adicionales a las
entregadas. En caso de ser necesario un número mayor, serán solicitadas por quien esté interesado.
3. Cada CID, dispondrá de un cajetín para las llaves, al que podrá tener acceso el área encargada del
mantenimiento en caso de emergencias fuera del horario de apertura.
Artículo 26. Imagen de conjunto.
1. Las entidades, personas emprendedoras y empresas beneficiarias de los diferentes despachos, deberán
respetar la imagen corporativa de los CID, cuya determinación será competencia de la Diputación de Badajoz,
tanto para las superficies comunes y espacios de uso común como para las de uso privativo. Queda prohibida
la realización de cualquier tipo de obra o modificación estética del despacho ocupado sin la autorización
expresa de la Diputación de Badajoz.
2. En todo caso, de emitirse por la Diputación autorización para la realización de modificaciones en los
despachos ocupados, y salvo que en la misma se disponga lo contrario, llegado el momento de abandonarlos,
será responsabilidad de quienes los hayan usado, y por su cuenta la devolución de dichos despachos, en las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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