Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (05437/2022)
Resolución por la que se modifican las bases de la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de jóvenes con titulación universitaria, FP2 o certificado de profesionalidad nivel 3
4 páginas totales
Página
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad

Anuncio 5437/2022

Cooperativas, hasta el 31 de diciembre de 2022".
Segundo.- Modificar el apartado A de la base 16 de la convocatoria, que queda redactado del siguiente tenor:
A. Plazo de justificación:
La justificación de la subvención otorgada podrá presentarse desde la fecha en la que las
inversiones estén realizadas y pagadas, hasta el día 31 de diciembre de 2022, como fecha
límite.
Tercero.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa
vigente y aplicable al efecto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición
ante la Presidencia de la Diputación de Badajoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo respectivamente dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 14 y 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, así como sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. (decreto 05/07/2019, BOP número 128 de 08/07/2019), el Diputado
Delegado del Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Lorenzo Molina Medina.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al Libro Electrónico de Resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 4