Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (05469/2022)
Bases específicas reguladoras del Plan de Crédito Local 2022 de la Diputación Provincial de Badajoz con nueva convocatoria de ayudas
23 páginas totales
Página
Delegación de Economía y Hacienda

Anuncio 5469/2022

artículo 20.2 de la LOEPFS, en el caso de aquellas entidades locales incluidas en el ámbito
subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del TRLRHL o, en caso de incumplimiento de estas,
autorización del órgano de tutela.
e) En ningún caso podrán acceder a esta modalidad de financiación las entidades locales que se
encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
EELL con operaciones financieras vigentes en virtud del Real Decreto Legislativo 4/2012,
que hubieran liquidado el ejercicio inmediato anterior con RLTGG negativo (artículo 10.4
Real Decreto Legislativo 4/2012).
EELL que hayan incumplido los planes de saneamiento financiero o de reducción de
deuda aprobados al amparo de las disposiciones adicionales 98.ª de la LPGE para 2017.
Las entidades Locales beneficiaras de las medidas relativas al régimen de
endeudamiento previstas en el artículo 24 del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 junio, de
medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a
entidades locales con problemas financieros, que permitió la consolidación de
operaciones a corto en largo plazo, no podrán concertar nuevas operaciones de
endeudamiento a largo plazo durante el periodo de amortización de las operaciones.
Las entidades locales incluidas en el Título II del Real Decreto-ley 8/2013 y que siendo
beneficiarias de la medida de la cláusula quinta de la Orden PRE/966/2014, referente a
la ampliación del plazo de amortización de la operación, no podrán concertar nuevas
operaciones de endeudamiento a largo plazo durante el período de amortización
ampliado, salvo lo dispuesto en el punto 5.2.
Las entidades locales con un plan de ajuste derivado de la adhesión al Fondo
Ordenación del artículo 39.1.a) del Real Decreto-ley 17/2014, conforme a lo establecido
en el artículo 44 b) de la citada norma.

Base 7. Solicitudes y procedimiento.
1.- Las entidades locales interesadas en participar en la presente convocatoria para ser seleccionadas y tener
acceso a la formalización de préstamos subvencionados a concertar en el marco del PCL de la Diputación de
Badajoz, podrán presentar su solicitud para concurrir, mediante modelo, de acuerdo al anexo I sin que en
ningún caso el importe máximo solicitado exceda de 800.000,00 euros.
2.- El plazo para presentar la solicitud y la documentación requerida será de 4 días a contar desde el día
siguiente a la publicación del extracto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia.
3.- Documentación que debe acompañar a la solicitud:
a) Certificado del Secretario/a o Secretario-Interventor/a de resolución o acuerdo por órgano
competente para acogerse a la convocatoria que regulan las presentes bases, en el que deberá
constar:
La cantidad solicitada.
La autorización al OAR para realizar los descuentos o retenciones en su caso, de
amortización del préstamo.
El carácter preferente de estas retenciones.
Destino a inversiones.
b) Certificado del Interventor/a o Secretario-Interventor/a de la entidad local de la aprobación
inicial o definitiva del presupuesto del ejercicio 2022, o de la situación de prórroga del
presupuesto del ejercicio 2021 en caso de acogerse a la casuística recogida en el artículo 50 del
TRLRHL.
c) Certificado del Interventor/a o Secretario-Interventor/a de la entidad local que acredite el
cumplimiento de ahorro neto positivo de la liquidación de 2021, calculado en la forma que
establece la normativa vigente.
d) Certificado del Interventor/a o Secretario-Interventor/a de la entidad local del volumen total
del capital vivo resultante de la liquidación 2021, incluido el préstamo que se solicita, con
indicación de que el mismo no excede del 75% de los ingresos corrientes liquidados o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 23