Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Lácara - Los Baldíos (Villar del Rey). Recursos Humanos (Badajoz). (05400/2022)
Bases y convocatoria para la provisión de diez plazas, como personal laboral fijo, mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria para estabilización del empleo temporal
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Mancomunidad Integral Lácara - Los Baldíos

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Novena. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y contratación.
Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, se hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en
el Boletín Oficial de la Provincia, la sede electrónica y el tablón de anuncios de esta Mancomunidad, indicando aquellos/as
propuestos/as para su contratación.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quien dentro del plazo de veinte días hábiles, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de
participación.
Los aspirantes propuestos deberán someterse a reconocimiento médico en Centro designado por la propia Mancomunidad,
que acredite su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento
concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
Tras los trámites anteriores, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el/la trabajador/a adquirirá la
condición de empleado público. Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el
plazo de los diez días siguientes a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los
trabajadores, mediante entrega de una copia básica del contrato celebrado.
Décima. Incompatibilidades.
El/la aspirante propuesto/a quedará sujeto/a al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Decimoprimera. Incidencias.
Contra la resolución aprobatoria de las bases y la convocatoria, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los
interesados alternativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de publicación del
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a elección del recurrente, el que corresponda a su domicilio,
con el límite de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Si se optara por interponer el recurso
potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
En lo no previsto en las bases será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público. La Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,
por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de Administración Local; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Decimosegunda. Igualdad de género.
Sin menoscabo del cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las presentes bases
se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos los individuos, sin distinción de sexos.
______________
ANEXO 1
PROVISIÓN DE DIEZ PLAZAS, COMO PERSONAL LABORAL FIJO, MEDIANTE CONCURSO, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO
PÚBLICO EXTRAORDINARIA PARA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL DE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL LÁCARA LOS
BALDIOS (DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA
REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO)
SOLICITUD
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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