Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia del Mombuey. Recursos Humanos (Badajoz). (05412/2022)
Bases de la convocatoria para el acceso mediante concurso de una plaza vacante de personal laboral fijo (Conductor de Maquinaria), acogida al proceso extraordinario de estabilización de empleo público
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Ayuntamiento de Valencia del Mombuey

Anuncio 5412/2022

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Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos
23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no pudiendo ser
nombrados miembros, colaboradores o asesores del Tribunal quienes hubieren realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas para acceso a la función pública en los últimos cinco años.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, del Presidente/a y Secretario/a o, en su caso, de
quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, del resto de sus miembros. En ausencia del Presidente le
sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas
necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las Bases. Sus acuerdos
serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase, el Tribunal,
por medio de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de personal
Técnico/Asesores de cualquier Administración Pública, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en
la toma de decisiones del Tribunal. El personal Técnico/Asesores, deberán guardar sigilo y confidencialidad
acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración en el
Tribunal.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa
de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne
uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada
de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de
aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en
su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan.
Octava.- Sistema selectivo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en
las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la
provisión de la plaza será el de concurso de méritos.
8.1.- Desarrollo
Tras la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, se convocará el respectivo
Tribunal de Selección, al objeto de proceder a la baremación de los méritos relacionados con los servicios
prestados como personal contratado laboral en la categoría de plaza a la que opta.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento de Valencia del Mombuey, será
aportado de oficio por el propio Ayuntamiento de Valencia del Mombuey y referido siempre a la fecha de
terminación del plazo de admisión de instancias.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras Administraciones Públicas habrá de ser aportado
en el plazo de 20 días hábiles establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso selectivo, y
se acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la
Administración donde se hubiesen efectuado, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de
clasificación y porcentaje de duración de la jornada.
8.2.- Baremación del concurso de méritos
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la
experiencia profesional y la formación relacionada con el puesto, teniendo en cuenta que el objetivo de los
procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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