Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Recursos Humanos (Badajoz). (05403/2022)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual "Barcarrota Limpieza II"
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Ayuntamiento de Barcarrota

Anuncio 5403/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Barcarrota
Barcarrota (Badajoz)
Anuncio 5403/2022
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual "Barcarrota Limpieza II"

Habiendo transcurrido el plazo de treinta días, desde la publicación del anuncio en el BOP de Badajoz (Boletín número 197
anuncio 4470/2022 lunes 17 octubre 2022) de información publica del Reglamento de régimen interno para Escuela
Profesional Dual "Barcarrota Limpieza II", aprobado inicialmente en la sesión plenaria celebrada el día 10 octubre de 2022, y
no habiéndose producido reclamaciones, se entiende aprobado definitivamente y se hace público su contenido integro a los
efectos oportunos.
«REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PARA LA ESCUELA PROFESIONAL DUAL "BARCARROTA LIMPIEZA II"
Artículo 1.- Justificación.
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano de la Escuela Profesional Dual (en adelante EPD "Barcarrota Limpieza II"), constituyendo sus normas
de funcionamiento y coordinación.
I. ORGANIZACIÓN
Artículo 2.- Organización general.
La organización general de la EPD "Barcarrota Limpieza II", corresponde a dos niveles:
- El institucional: La máxima responsabilidad institucional del proyecto corresponde al Excmo. Ayuntamiento
de Barcarrota, cargo que comparte con el SEXPE, en los términos que marca la legislación y la normativa
publicada al efecto.
- El interno: La organización interna del proyecto se asienta en el equipo de personal del centro, entendido
éste como órgano de trabajo colectivo e integrado por los siguientes miembros: 1 Directora Gestora; 2
Monitoras de la especialidad: Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales; y 1 Coordinadora de
formación y acompañamiento/tutorización. Se completa este órgano con la existencia de una delegada y un
subdelegado elegidas por los alumnos, con fecha de acta 07/10/2022.
Artículo 3.- Órganos de gobierno interno.
El programa, tendrá los siguientes órganos de gobierno interno: Claustro y Asamblea.
Estos órganos velarán por la efectiva realización de los fines del proyecto y por el cumplimiento del presente Reglamento,
así como cuantas leyes y disposiciones vigentes vayan asociadas al mismo; garantizarán, en el ámbito de su competencia, el
ejercicio de los derechos reconocidos a todas las personas integrantes del proyecto y velarán por el cumplimiento de los
deberes correspondientes; así mismo, favorecerán la participación efectiva de todos los miembros integrantes del proyecto
para el buen funcionamiento del mismo.
El Claustro será el órgano propio de participación y decisión del equipo directivo docente del programa. Se reunirá en sesión
ordinaria una vez al mes, y al final de fase. Y en sesión extraordinaria cuando lo requiera la Directora para cuestiones de
organización, u otro miembro del equipo, y cuando concurra la existencia de incidencias que requieran decisiones
competentes a este órgano. Sus conclusiones serán recogidas en acta.
Las funciones que le competen de manera general son:
- Debatir los aspectos organizativos generales del centro, aprobando pautas de funcionamiento y
organización.
- Aprobar los aspectos formativos y docentes, fijar criterios de evaluación general, elaborar y aprobar los
planes y programaciones del proyecto.
- Celebrar reuniones mensuales de seguimiento para evaluar el desarrollo del proyecto y sus actividades y
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