Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcocer. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05335/2022)
Convocatoria y bases para la contratación y creación de bolsa de empleo, en régimen laboral temporal, de una plaza de Psicólogo/a General Sanitario, para el programa de evaluación, información y atención a mujeres víctimas de violencia de género
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Ayuntamiento de Puebla de Alcocer

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8.1. Finalizado la calificación de las fases de concurso y oposición por los aspirantes, el Tribunal hará público
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su sede electrónica, la relación de los aspirantes por orden de
puntuación obtenida, de mayor a menor, incluyendo únicamente los que hayan superado el mismo, siendo
propuesto al Sr. Alcalde-Presidente, como órgano competente de contratación, el aspirante que mayor
puntuación haya obtenido.
8.2. Asimismo, se elaborara una relación de reservas como lista de espera, por orden de puntuación obtenida
por si fuera necesario cubrir de forma ágil los períodos de bajas, permisos, licencias y otras necesidades
circunstanciales del servicio, limitada su duración al periodo al que dura la subvención.
8.3. En caso de empate de los aspirantes en la puntuación definitiva, este se resolverá en favor del aspirante
que haya alcanzado mejor puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate, el Tribunal lo resolverá
por sorteo.
8.4. En el plazo de 10 días siguientes a la publicación definitiva el/la aspirante propuesto/a deberá aportar, los
siguientes documentos:
Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad, ni tener limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de sus funciones.
Declaración jurada de no hallarse inhabilitada o suspendida para el ejercicio de las funciones públicas
y de no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.
8.5. Las personas que sean llamadas para firmar un contrato y no lo hagan, perderán automáticamente su
derecho.
Novena. Constitución de bolsa de empleo.
La Alcaldía dictará resolución formando la bolsa de trabajo, de conformidad con la lista elevada por el Tribunal. A esta bolsa
de trabajo, se acudirá directamente cuando resulte necesaria la contratación laboral de un/a psicólogo/a sanitario/a.
Esta bolsa permanecerá vigente hasta tanto se constituya las derivadas de los procesos selectivos de la siguiente oferta de
empleo público para la especialidad o categoría profesional objeto de la presente convocatoria.
Las diversas necesidades que sea necesario cubrir a través de esta bolsa, se notificarán a las personas aspirantes
seleccionadas para ser contratadas temporalmente como psicólogo/a sanitario/a, mediante cualquiera de las modalidades
de contratación de personal previstas en la legislación laboral.
Una vez nombradas, deberán prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del puesto, con lealtad al
Rey, y guardar y hacer guardar la constitución como norma fundamental del Estado y el Estatuto de Autonomía de
Extremadura.
La bolsa de trabajo, se sujetará a las siguientes reglas:
1.- El/la aspirante dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles desde el llamamiento para presentar la
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base tercera. En el supuesto de
no presentarla en el indicado plazo, se entenderá que rechaza la oferta y se situará al final de la lista de
inscritos. Si el rechazo se efectúa dos veces consecutivas, supondrá la exclusión de la bolsa.
2.- En aquellos casos en que se rechace la oferta alegando incapacidad laboral transitoria o maternidad, se les
mantendrá el orden que originalmente ocupaban en la bolsa. La concurrencia de tales causas deberá quedar
suficientemente acreditada por cualquier medio admisible en derecho.
3.- Quienes hayan sido contratados, una vez cesados, volverán a ocupar el mismo lugar que tenían en la
bolsa.
Décima. Incidencias.
El órgano de selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta
convocatoria y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
Undécima.- Base final.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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