Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05263/2022)
Convocatoria y bases del proceso selectivo mediante concurso de una plaza de Monitor Deportivo en el marco del procedimiento de estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 5263/2022

f) No hallarse en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
g) Estar en posesión del permiso de conducción clase B.
2.- Las personas con alguna discapacidad, en los términos establecidos en la legislación vigente, deberán indicarlo en la
solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas. El Tribunal examinará y
resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe
de los organismos competentes. La condición de discapacidad se acreditará en la fase de comprobación de documentación
una vez terminado el proceso selectivo.
3.- Los requisitos exigidos en esta bases estarán referidos a la fecha límite: finalización del plazo de prestación de instancias
y deberán mantenerse y acreditarse hasta la fecha de contratación laboral.
Cuarta.- Forma y plazo de presentación de instancias.
1.- Los interesados en participar deberán presentar instancia, (anexo I), en modelo normalizado, firmada por el aspirante,
haciendo declaración responsable de cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos en esta convocatoria y
una relación de los méritos a puntuar en el concurso, junto con una copia de la acreditación documental de los mismos. Se
adjuntarán también:
- Fotocopia del DNI - NIF, o pasaporte.
- Fotocopia del Graduado de Educación Secundaria Obligatoria y/o equivalente.
- Documentación para la acreditación de los méritos.
No será necesario compulsar la documentación requerida, salvo quién resulte seleccionado, que lo hará con carácter previo
a la firma del contrato, en la fase de acreditación de requisitos y comprobación de documentación.
Los error de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio a petición del
interesado.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes. Sólo podrán solicitar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, en días laborable, lunes a
viernes y horario de oficina. 09,00 a 14,00 horas, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de veinte días, (20), a
partir del siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En el supuesto de utilizar otros medios de presentación distintos al presencial en el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra,
el solicitante deberá comunicar este hecho al Ayuntamiento en el correo electrónico: ayuntamniento@fregenaldelasierra.es,
teniendo constancia de su recepción en el Ayuntamiento, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Sin la concurrencia de este requisito no será admitida la solicitud si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación
del plazo de presentación de solicitudes. No obstante, transcurridos 5 días siguientes a la fecha fin de plazo, sin haber
recibido dicha solicitud, esta no será admitida.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1.- Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo de diez días hábiles, la Alcaldía dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en su
caso, de las causas que motiven la exclusión. Dicha resolución será publicada en los puntos ya indicados en la
base primera, apartado 5.
2.- Con arreglo a lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, en la resolución se señalar´un plazo de 10
días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la misma, para su subsanación de los defectos
que hayan motivado su exclusión. El derecho de subsanación caducará por el transcurso de este plazo sin
efectuar la misma.
3.- Finalizado dicho plazo, por resolución de la Alcaldía se procederá a la publicación, en los puntos ya
indicados, de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, del lugar y fecha de celebración del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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