Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Recursos Humanos (Mérida). (05212/2022)
Modificación de las bases para la provisión, por concurso de movilidad, de cuatro plazas de Agentes de la Policía Local del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 5212/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zafra
Zafra (Badajoz)
Anuncio 5212/2022
Modificación de las bases para la provisión, por concurso de movilidad, de cuatro plazas de Agentes de la Policía Local del
Ayuntamiento de Zafra

"MODIFICACIÓN DE LAS BASES PARA LA PROVISIÓN, POR CONCURSO POR MOVILIDAD, DE CUATRO PLAZAS DE AGENTE DE
LA POLICÍA LOCAL DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE ZAFRA"
Por resolución de Alcaldía 2022-3410, de fecha 21 de noviembre, se han modificado las bases y la convocatoria de las
pruebas selectivas para la provisión, por sistema de movilidad, de cuatro plazas de Agentes de la Policía Local, encuadradas
en la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, Categoría
Agente, subgrupo C1, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Zafra incluidas en la oferta de
empleo público de 2020, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 219 de 17 de noviembre.
Las bases reguladoras de la convocatoria, modificadas serán las siguientes:
"BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE CONCURSO POR MOVILIDAD, DE CUATRO PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZAFRA
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso por movilidad, con arreglo a lo
previsto en el artículo 55 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura y del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión
de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, de cuatro plazas
de Agente de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Zafra, encuadrada en la escala de Administración
Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica o ejecutiva, Categoría Agente,
subgrupo C-1, según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 12.3 del Decreto 218/2009, de 9 de
octubre, por el que se aprueban las normas-marco de los Policías Locales de Extremadura; plazas vacante en
la plantilla de personal funcionario de este Excmo. Ayuntamiento y correspondientes a la oferta de empleo
público de 2020, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 30 de diciembre de 2020 y
rectificado por acuerdo de 22 de octubre de 2021, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 9 y
228 de 15 de enero de 2021 y 26 de noviembre de 2021.
1.2.- El ingreso conllevará la adscripción al correspondiente puesto de trabajo vacante contemplado en la
vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario (RPT), con las características, condiciones de
dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden a
estas plazas.
1.3.- Están dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C-1 y demás retribuciones
complementarias, asignadas al puesto al que se adscriba, conforme a la vigente legislación y a lo que la
Corporación tenga acordado.
1.4.- Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura. Por tanto, no será compatible el ejercicio de las funciones con el desempeño de ningún puesto
o actividad en el sector público, delimitado por el artículo 1 de la citada Ley, ni actividad privada incompatible
sujeta a reconocimiento de compatibilidad.
Segunda.- Legislación aplicable y condiciones de admisión de aspirantes.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo lo previsto en la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura; Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los
sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal
Único; lo no derogado y de aplicación del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de
los Policías Locales de Extremadura; lo no derogado y de aplicación de la Orden de 14 de septiembre de 2004 por la que se
aprueban los programas mínimos a los que han de ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las entidades
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