Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (05126/2022)
Bases y convocatoria de proceso selectivo, mediante concurso, de dos plazas de Peón de Jardinería del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra en el marco del proceso de estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 5126/2022

3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Hombres y Mujeres; Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás legislación
general sobre función pública y función pública local.
Segunda.- Característica del puesto.
Peón jardinero: 2 vacantes.
Régimen: Personal laboral fijo.
Jornada de trabajo: Completa.
Sistema selección: Concurso.
Área de servicio: Parques y Jardines.
Retribuciones: Las establecidas en la plantilla de personal y relación de puestos de trabajo, vigentes.
Titulación exigible: Certificado de escolaridad.
Funciones: Las propias de la naturaleza del puesto de trabajo a desempeñar y que actualmente se llevan a
cabo en el Servicio de Parques y Jardines del Excelentísimo Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
1.- Para ser admitido a la práctica de las pruebas de selección, será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: Poseer la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los
términos previstos en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, Derechos y Libertades de los extranjeros residentes
legalmente en España, podrán acceder a los puestos convocados y reservados para el personal
laboral debiendo acreditarse en la fase de comprobación de requisitos, en caso de superación
del proceso selectivo, que reúnen las condiciones legales para ser contratados.
b) Edad: Tener cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) Titulación: Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente, o en condiciones
de obtenerlo al término del plazo de presentación de instancias, con arreglo a la legislación
vigente. En todo caso, la equivalencia u homologación de titulaciones deberá ser aportada por
el aspirante, mediante certificado expedida al efecto, por el organismo oficial competente.
d) Capacidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias
del puesto.
e) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, ni de los organismos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado, por resolución judicial,
para el desempeño de empleo a cargo público o para ejercer funciones similares a las del
puesto convocado, salvo prescripción de las sanciones. En caso de ser nacional de otro Estado,
no hallarse inhabilitado, o situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalen que impida, sen su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No hallarse en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
g) Estar en posesión del permiso de conducción clase B.
2.- Las personas con alguna discapacidad, en los términos establecidos en la legislación vigente, deberán
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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