Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. (05035/2022)
Bases para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses para el 2022
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Ayuntamiento de Mérida

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
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Bases para la concesión de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses para el 2022

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A DEPORTISTAS Y ENTIDADES DEPORTIVAS
EMERITENSES EN EL AÑO 2022
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria, establecer las bases reguladoras que regirán las convocatorias de ayudas mediante
concurrencia competitiva y convocatoria abierta, para promover la practica del deporte base, fomentar el asociacionismo
deportivo, potenciar la actividad física deportiva en sus diferentes niveles o modalidades, y promover la mejora y
perfeccionamiento de deportistas locales, que destaquen en su participación y resultados en competiciones oficiales
nacionales e internacionales de las distintas modalidades deportivas reconocidas, tanto de deportes individuales como de
equipo y cumplan los requisitos y obligaciones establecidos en las presentes bases.
Segunda.- Normativa aplicable.
Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:
a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de Subvenciones.
b) Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
c) La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura publicado en
el DOE en el número 59 del 25 de marzo de 2011.
d) Ordenanza general de subvenciones publicado en el BOP de Badajoz en el anuncio número 5852 del
Boletín número 117 del 22 de junio de 2010.
Y cuantas resulten de aplicación.
Tercera.- Requisitos para la recepción de las ayudas.
Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta Orden las personas o entidades deportivas, que reúnan los siguientes
requisitos en la fecha de presentación de las solicitudes:
• Para entidades deportivas:
a) Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las entidades deportivas con sede en Mérida, que se
encuentren legalmente constituidas.
b) Las entidades deportivas deberán estar registradas en el Registro de Municipal de
Asociaciones, al menos un año antes de la publicación de estas bases.
c) Las entidades deben desarrollar principalmente su actividad en el municipio de Mérida.
d) Las entidades deben tener licencia deportiva extremeña como club, en el momento de
obtener los resultados alegados y mantenerla desde entonces. Excepcionalmente, se podrán
atender las solicitudes de clubes que, cumpliendo el resto de requisitos, no tengan licencia de
una federación deportiva de Extremadura, siempre que el club solicitante acredite la
imposibilidad de obtener los resultados con licencia por una federación deportiva extremeña.
Dicha imposibilidad únicamente podrá ser acreditada atendiendo a unas circunstancias
deportivas, tales como la inexistencia de una federación deportiva extremeña que desarrolle la
prueba a la que se refieren los resultados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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