Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (05048/2022)
Bases por la que se convocan a concurso plazas de personal laboral Grupo E, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público en el Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 5048/2022

en el Ayuntamiento de Zafra en el mismo cuerpo, escala o equivalente del puesto objeto de la convocatoria y atendiendo al
punto 1.c) del mérito de antigüedad en cualquier administración pública en el mismo cuerpo, escala o equivalente del
puesto objeto de la convocatoria; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en la formación, y, por último, si aún
persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
Octava.- Resolución de la convocatoria.
1. Finalizada la baremación del concurso, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por
orden de puntuación obtenida y elevará al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento la propuesta de
nombramiento del o de los aspirantes seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido.
En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas.
2. Las personas seleccionadas deberán presentar la documentación ante los Técnicos de la oficina de
industria del Ayuntamiento de Zafra, dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a
aquel en que se haga pública la relación de aspirantes propuestos por el Tribunal, los siguientes documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido al proceso selectivo por tratarse de cónyuges,
o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión
Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada del español o del nacional de la
Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala,
clase y categoría de personal laboral en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los
nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en
situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en los mismos términos, el acceso a la función pública.
e) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad
establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas.
f) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
3. La falta de presentación de documentación dentro del plazo fijado, excepto en los casos de fuerza mayor
dará lugar a la invalidez de todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso, la propuesta se
considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación obtenida como consecuencia
de la citada anulación.
4. El Ayuntamiento de Zafra se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada,
o solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
Novena.- Legislación.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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