Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (04897/2022)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con Escuelas Municipales de Música durante 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

Anuncio 4897/2022

recogido en el artículo 46 sobre obligación de colaboración.
d. Los beneficiarios de la subvención estarán obligados a difundir que la actividad ha sido subvencionada por
la Diputación de Badajoz. Para ello deberán hacer constar la colaboración y la imagen corporativa de la
Diputación de Badajoz en todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el
proyecto. La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta
Diputación, está referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las
diferentes notas de prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas Web, entrevistas que les
realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan la actividad
subvencionada, haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán
dejar constancia en la Memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica, solicitará al correo
ofsubvenciones@dip-badajoz.es la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de
documentación Mercurio para su aportación. No se admitirá la aportación física de esta documentación.
e. Comunicar a la Diputación de Badajoz la concesión a la entidad local beneficiaria de otras subvenciones
destinadas a la Escuela Municipal de Música por parte de cualquier otra institución pública o privada. En caso
de que con ellas se supere el coste total del proyecto, la entidad beneficiaria está obligada a reintegrar dicho
sobrante a la Diputación de Badajoz en el exceso que le corresponda conforme a la proporción que suponga
la subvención concedida respecto del coste total del proyecto u actividad subvencionada.
f. Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación de
Badajoz, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los
resultados de los proyectos subvencionados.
g. Comunicación a través del correo cultura@dip-badajoz.es a la Diputación de Badajoz de cualquier acto
público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con motivo de la
realización de la actividad subvencionada para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el
mismo.
h. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
Base 10. Justificación de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 €, y conforme al artículo 75 del Reglamento de la
Ley 38/2003, se prevé la Cuenta Justificativa Simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de Justificación y pago de las actuaciones: El pago de los gastos y la justificación de la subvención otorgada habrá de
efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2024. No obstante la justificación podrá presentarse desde la fecha de
finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución, hasta el 31 de enero de 2024.
B. Forma de remisión de la Justificación: El expediente justificativo se remitirá por medios electrónicos mediante su
presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la dirección https://sede.dip-badajoz.es de Diputación de Badajoz,
y conforme a la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la
Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
C. Justificación Técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a las
actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material documental e
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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