Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (04807/2022)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la celebración durante el año 2023 de actividades culturales y fiestas populares
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Delegación de Cultura y Deportes

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el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las diferentes notas de prensa que pudiera publicar,
contenidos disponibles en páginas web, entrevistas que les realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u
otros similares donde difundan la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta
Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en la Memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la presentación
de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes digitales con un tamaño
superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la autorización para el
acceso a la plataforma de intercambio de documentación Mercurio para su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
Anexo VI de indicadores de resultado y actividad establecidos en la base 12 de la convocatoria.
D. Justificación Económica.
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión. No obstante, según lo
establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, cuando las actividades hayan
sido cofinanciadas, además de con la subvención de Diputación, con fondos propios u otras subvenciones o recursos,
deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
De no justificarse así, se incurrirá en causa de reintegro y se procederá a incoar por la Diputación de Badajoz expediente de
reintegro de subvención a efectos de exigir la subvención en el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar.
1.- Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario-Interventor/a y V.º B.º del Presidente de la entidad, según el modelo
que figura como anexo V, en el que se hace constar:
Que los gastos responden indubitadamente a la naturaleza de la subvención concedida, obrando los justificantes en
poder de esta entidad local.
Una relación de las obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el presupuesto de la entidad con cargo a la
subvención de Diputación, con indicación de la aplicación presupuestaria, número de operación, fecha, importe total
e importe financiado con la subvención de Diputación.
Una relación de las obligaciones reconocidas netas contabilizadas en el presupuesto de la entidad con cargo a fondos
propios u otras subvenciones o recursos, con indicación de la aplicación presupuestaria, número de operación, fecha,
importe total, importe financiado con fondos propios u otras subvenciones o recursos, y entidad financiadora.
Que todos los gastos relacionados fueron devengados durante el periodo de ejecución establecido, de 1 de enero de
2023 hasta el 31 de diciembre 2023; y efectivamente pagados antes de que finalice el periodo de justificación
establecido; esto es el 31 de enero de 2024, salvo autorización expresa contemplada en la base 7, apartado 4
anterior que deberá hacerse constar.
Que fueron consideradas todas las limitaciones establecidas a los gastos y pagos establecidas en las bases de la
convocatoria.
La relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad subvencionada, con
indicación del importe y su procedencia.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por
agentes financiadores, no excede del importe total de la actividad o proyecto subvencionado.
La existencia, o no, de remanentes no aplicados y, en su caso, justificante de pago del reintegro así como de los
intereses derivados de los mismos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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