Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (04810/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con Universidades Populares durante 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

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g. Actividades relacionadas con la promoción de la entidad en sí misma.
h. Realizar publicaciones de difusión de las actividades propias y genéricas de la entidad no relacionadas con
el objeto de la convocatoria.
i. Aquellos que no sean susceptibles de financiación de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, de 17 de noviembre, el Reglamento aprobado por RD 887/2006, de 21 de julio, y la Ordenanza
general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Base 6.- Criterios de adjudicación.
Las cantidades a subvencionar a las entidades solicitantes tienen como límite la cuantía total del crédito presupuestario
asignado en la convocatoria, 550.000,00 euros, así como los límites establecidos en la base 5.ª.1.a).
1) En función del número de habitantes de la localidad:
Hasta 1.000 habitantes: 1.500,00 €.
De 1.001 a 2.000 habitantes: 1.750,00 €.
De 2.001 a 5.000 habitantes: 2.250,00 €.
De 5.001 a 10.000 habitantes: 3.000,00 €.
De 10.001 a 19.999 habitantes: 4.000,00 €.
2) La Comisión de Valoración establecerá una subvención única de 1.000,00 €, siempre que la dotación presupuestaria lo
permita, para aquellas universidades populares que sean de nueva creación o que, por circunstancias de fuerza mayor
debidamente justificadas, no dispongan de datos presupuestarios o de actividades realizadas en el ejercicio anterior.
3) Una vez adjudicadas las cantidades de los apartados 1 y 2 anteriores, el sobrante hasta los 550.000,00 euros consignados,
se distribuirá en función de la memoria de actividades del año 2022 y del proyecto de actividades presentado para el año
2023, donde se evaluará, entre otros aspectos, la correcta presentación de la memoria y el proyecto, la capacidad del
solicitante, el personal, actividades, número de cursos de formación a impartir y número de alumnos a los que van
destinados, dándose prioridad a los proyectos que intervengan en los ejes de formación, empleo o promoción cultural. Los
proyectos se evaluarán de 0 a 100 puntos teniéndose en cuenta los siguientes aspectos:
1. Que la Universidad Popular solicitante esté integrada en la Red de la Asociación de Universidades Populares
de Extremadura (AUPEX): 5 puntos.
2. Con relación a la memoria detallada de las actividades realizadas en 2022 (30 puntos máximo).
2.a) Que presente una memoria detallada de 2022 que incluya la relación de actividades,
objetivos alcanzados, número de cursos de formación, total de horas de formación impartidas
y número de alumnos, así como la evaluación general del proyecto: 5 puntos.
2.b) Que se aporte material gráfico y cartelería relativa a las actividades realizadas por el Centro
donde se acredite que se ha proyectado debidamente la imagen corporativa de la Diputación
de Badajoz: 5 puntos.
2.c) Que se aporte material gráfico y documental del año 2022 de las posibles ruedas de prensa
y repercusión mediática de las actividades realizadas: 4 puntos.
2.d) Número de alumnos que han recibido los cursos de formación impartidos por el Centro en
2022:
De 1 a 100 alumnos: 2 puntos.
De 101 a 300 alumnos: 4 puntos.
Más de 300 alumnos: 8 puntos.
2.e) Número de horas totales de formación correspondientes a los cursos de formación
impartidos por el Centro en 2022:
De 1 a 1.000 horas: 2 puntos.
De 1.001 a 2.500 horas: 4 puntos.
Más de 2.500 horas: 8 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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