Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (04809/2022)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las Federaciones Deportivas de Extremadura para la ejecución de proyectos deportivos durante el año 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

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Tercero.- Aprobar el gasto por la cuantía total máxima que fija la Convocatoria. La concesión de las subvenciones está
condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
Cuarto.- Aprobar la Convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones convocadas en
régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y su tramitación anticipada conforme a lo
establecido en el artículo 56 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión ordinaria que se
celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de Subvenciones, para garantizar su
divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz a fecha de la firma digital.
El Presidente, P.D. El Diputado Delegado de Cultura y Deportes (Decreto 5/7/2019, BOP 8/7/2019), Firmado: Francisco Martos
Ortiz. El Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y Coordinador de la Delegación de
Cultura y Deportes, Firmado: Ricardo Cabezas Martín (Decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019).
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al Libro Electrónico de Resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier
otro recurso que se estime procedente.

BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE
BADAJOZ DESTINADAS A LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS DE EXTREMADURA PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS
DEPORTIVOS DURANTE EL AÑO 2023.
En concordancia con los Planes Estratégicos de Subvenciones que anualmente elabora la Diputación de Badajoz y de
conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, la Delegación de
Cultura y Deportes ha establecido entre sus líneas generales de actuación el fomento y promoción para la coordinación y
realización de las acciones deportivas de la Diputación de Badajoz destinadas a las Federaciones Deportivas de
Extremadura.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a las diputaciones provinciales y en concreto a lo que dispone el
apartado d) en relación a "la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio
provincial, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Al mismo tiempo, esta acción está incluida entre los proyectos que integran la I Estrategia de Desarrollo Sostenible de la
Diputación de Badajoz 2020-2023, para contribuir a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030,
alineada principalmente con el ODS 3, garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades; ODS 4,
garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida
para todos; y el ODS 8, promover el crecimiento económico y sostenible, el empleo y el trabajo decente. Todo ello sin olvidar
que el deporte, como pilar fundamental del desarrollo sostenible, desempeña un papel transversal en todos los ODS, siendo
un elemento impulsor y facilitador de la consecución de estos objetivos.
Estas líneas de actuación de fomento y de promoción deportiva persiguen una mejora de la programación deportiva en la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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