Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05002/2022)
Aprobación del Reglamento de régimen interno para el Programa de Formación en Alternancia con el Empleo Escuela Profesional Dual "Galvantur"
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 5002/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 5002/2022
Aprobación del Reglamento de régimen interno para el Programa de Formación en Alternancia con el Empleo Escuela
Profesional Dual "Galvantur"

Por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada con fecha 28 de octubre de 2022, se acordó la aprobación del siguiente
documento:
"REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PARA EL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO ESCUELA
PROFESIONAL DUAL "GALVANTUR"
ÍNDICE:
Artículo 1: Introducción
Artículo 2: Ámbito de aplicación.
Artículo 3: Objetivos generales del Proyecto.
Artículo 4: Condiciones del Alumnado- Trabajador.
Artículo 5: Condiciones del Equipo Técnico.
Artículo 6: Organización General y Órganos de Gestión.
Artículo 7: Horario de trabajo.
Artículo 8: Calendario laboral y vacaciones anuales.
Artículo 9: Permisos y Licencias.
Artículo 10: Normas generales.
Artículo 11: Derechos.
Artículo 12: Deberes.
Artículo 13: Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, descripción y procedimiento.
Artículo 14: Régimen jurídico, jurisdicción competente, entrada en vigor, Vigencia, modificación/reforma.
Artículo 1. Introducción
El programa de formación en alternancia con el empleo Escuelas Profesionales Duales de Extremadura se
configura como una política activa de empleo con la que se persigue mejorar las posibilidades de inserción
laboral y cualificación profesional de las personas desempleadas e inscritas en el SEXPE, mediante
actuaciones integradas de empleo y formación especialmente vinculadas al cambio de modelo productivo y a
los requerimientos de las actividades económicas emergentes y/o con potencial en la generación de empleo.
Con la divulgación del presente documento, de carácter orientativo y entendido como una propuesta de
mínimos, en cumplimiento de lo que se establece en el artículo 15.3 del decreto 96/2016, de 5 de julio, por el
que se regulan estos programas, se pretende conseguir la interiorización de unas normas básicas de
convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de quienes integran el Proyecto.
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos
aspectos propios del desempeño cotidiano de los Proyectos temporales de formación y empleo, como
pueden ser los programas de Escuelas Profesionales Duales que, en colaboración con la Junta de
Extremadura y más específicamente con el Servicio Extremeño Público de Empleo, se puedan desarrollar en
el futuro, de acuerdo a la normativa específica que regule dichos programas.
El personal que presta sus servicios en la Escuela Profesional Dual, denominada " Galvantur" y que constituye
el equipo técnico y docente se compone de:
A. Director.
B. Coordinadora de formación.
C. Técnica Tutora de acompañamiento.
D. Gestora.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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