Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro. Corporación de Servicios Públicos de Cornalvo (Calamonte). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04990/2022)
Bases que han de regir en la convocatoria para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico
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Corporación de Servicios Públicos de Cornalvo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Corporación de Servicios Públicos de Cornalvo
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 4990/2022
Bases que han de regir en la convocatoria para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE CONTRATACIÓN LABORAL INDEFINIDA, A
JORNADA COMPLETA, POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS, UNA PLAZA DE ARQUITECTO
DESTINADO AL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y URBANÍSTICA DE LA CORPORACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE
CORNALVO.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la cobertura de una plaza de Arquitecto, mediante contratación laboral indefinida, a
jornada completa, por el sistema de concurso de valoración de méritos (artículo 61.7 TREBEP), incluida en la oferta pública
de empleo de la Corporación se Servicios Públicos de Cornalvo de 2022 (DOE número 137, de 18 de julio de 2022).
Segunda.- Normativa de aplicación.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes bases, a lo regulado en las siguientes
normas jurídicas:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público -TREBEP-.
Tercera.- Requisitos de deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las
correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
f) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que puedan serle encomendadas conforme a lo previsto
reglamentariamente.
g) Estar en posesión del título de Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que
finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante
certificación expedida al efecto por la Administración competente.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Cuarta.- Instancias, presentación de méritos y admisión de los aspirantes.
4.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo deberán estar debidamente cumplimentadas,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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