Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (04976/2022)
Acuerdo plenario para la aplicación de la normativa aplicable en materia de revisión excepcional de precios a los contratos de obras celebrados por la Diputación Provincial de Badajoz y sus entes vinculados o dependientes
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

Anuncio 4976/2022

de noviembre, y demás normativa de aplicación en materia de Régimen Local, en unanimidad de los
Miembros asistentes, adopta al particular planteado, los siguientes acuerdos:
Primero. Aplicar en la Diputación Provincial de Badajoz, Organismo Autónomo de Recaudación
-OAR-, Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia", Consorcio
Provincial para la Gestión de Servicios Medioambientales en la Provincia de Badajoz PROMEDIO-, Consorcio para la Prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios
en la Provincia de Badajoz -CPEI-, y demás entidades integrantes del Sector Público provincial,
el Título II "medidas en materia de revisión excepcional de precios en los contratos de obras del
sector público", del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de Medidas para la Mejora de la
Sostenibilidad del Transporte de Mercancías por Carretera, y del funcionamiento de la cadena
logística, por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, para fijar
normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE, sobre
Desplazamiento de los/as Conductores/as en el Sector del Transporte por Carretera, y de
medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras,
desde su entrada en vigor, y normativa posterior que desarrolle o interprete dicha norma.
Segundo. Aplicar en la Diputación Provincial de Badajoz, Organismo Autónomo de Recaudación
-OAR-, Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia", Consorcio
Provincial para la Gestión de Servicios Medioambientales en la Provincia de Badajoz PROMEDIO-, Consorcio para la Prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios
en la Provincia de Badajoz -CPEI-, y demás entidades integrantes del Sector Público Provincial,
las disposiciones de desarrollo aprobadas para el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y concretamente, las previsiones contempladas en la disposición adicional
decimoquinta de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, así como del artículo 9 del Decretoley 1/2022, de 2 de marzo, de medidas urgentes de mejora de la calidad en la contratación
pública, para la reactivación económica, desde su entrada en vigor, y normativa posterior que
desarrolle o interprete dicha norma.
Tercero. Dar traslado de los acuerdos alcanzado, a los órganos de contratación competentes,
en virtud de lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, y a aquellos órganos que ostenten competencias
en virtud de las delegaciones de competencia efectuadas, así como a las respectivas Mesas de
Contratación, para su conocimiento y efectos oportunos.
Cuarto. Publicar los acuerdos adoptados en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el perfil del
contratante de la Diputación de Badajoz, para general conocimiento de cuantos puedan
resultar interesados, así como a las áreas gestoras del expediente.

Y en uso de las competencias que me confiere el Real Decreto 128/2018, emito certificación relativa al acuerdo adoptado por
el Pleno de la Corporación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de noviembre de 2022, sobre determinación de
la normativa estatal y autonómica, aplicable en materia de revisión excepcional de precios, a los contratos de obras
celebrados por la Diputación Provincial Badajoz, a efectos de constancia ante las áreas gestoras y fondo documental de la
sesión (exp.: 2022/250/OTGES-OT).
De conformidad con lo previsto en el artículo 19.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
se hace constar que la presente certificación se extiende con anterioridad a la aprobación del acta de citada sesión plenaria.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Oficial Mayor, El Secretario General en funciones, Miguel Ángel Gallardo Miranda.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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