Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Álvaro. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04924/2022)
Corrección de error en edicto publicado el 8 de noviembre de 2022 sobre las bases específicas con convocatoria reguladoras de las ayudas para el fomento de la natalidad 2022
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Ayuntamiento de Don Álvaro
Anuncio 4924/2022
La solicitud de ayuda, con arreglo al modelo que se incorpora como anexo I a las presentes bases y que incluye declaración
responsable del solicitante de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario de subvenciones, se presentará por el
interesado en el registro general del Ayuntamiento de Don Álvaro o por cualquiera de los medios previstos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a contar
desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el día
26 de diciembre de 2022, acompañada de la siguiente documentación:
1. Fotocopia compulsada del libro de familia y del NIF de los progenitores o adoptantes.
2. Copia de la resolución judicial en el caso de adopciones.
3. Certificado histórico de empadronamiento del progenitor o adoptante solicitante de la ayuda que acredite
su residencia efectiva en el municipio de Don Álvaro de manera ininterrumpida durante el año
inmediatamente anterior al nacimiento o la adopción y a fecha de la solicitud de la ayuda.
4. Certificado de convivencia que acredite que el niño/a nacido o adoptado reside en el mismo domicilio que
el progenitor o adoptante solicitante de la ayuda.
5. Certificación municipal acreditativa de que el solicitante/beneficiario se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias con la hacienda municipal.
6. Copia de la declaración de la renta de las personas físicas de los progenitores, del año precedente a la
solicitud o certificado de la exención de la misma.
7. En los supuestos de separación, nulidad o divorcio, se hará entrega de copia de la sentencia judicial
correspondiente y del convenio.
8. La autorización al Ayuntamiento de Don Álvaro para difundir la imagen del menor en el programa de
festejos municipal.
La presentación de la solicitud supone la aceptación incondicionada de las presentes bases y en caso de resultar beneficiario
de la subvención.
Los beneficiarios están obligados a comunicar al Ayuntamiento cualquier circunstancia que modifique los requisitos para
obtener la subvención, así como reintegrar la subvención concedida cuando se incumplan los requisitos para su concesión
establecidos en las presentes bases.
Don Álvaro, a fecha de la firma digital.- Ante mí, la Secretaria.- El Alcalde, Esteban Cortés Almendro.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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La solicitud de ayuda, con arreglo al modelo que se incorpora como anexo I a las presentes bases y que incluye declaración
responsable del solicitante de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario de subvenciones, se presentará por el
interesado en el registro general del Ayuntamiento de Don Álvaro o por cualquiera de los medios previstos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a contar
desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el día
26 de diciembre de 2022, acompañada de la siguiente documentación:
1. Fotocopia compulsada del libro de familia y del NIF de los progenitores o adoptantes.
2. Copia de la resolución judicial en el caso de adopciones.
3. Certificado histórico de empadronamiento del progenitor o adoptante solicitante de la ayuda que acredite
su residencia efectiva en el municipio de Don Álvaro de manera ininterrumpida durante el año
inmediatamente anterior al nacimiento o la adopción y a fecha de la solicitud de la ayuda.
4. Certificado de convivencia que acredite que el niño/a nacido o adoptado reside en el mismo domicilio que
el progenitor o adoptante solicitante de la ayuda.
5. Certificación municipal acreditativa de que el solicitante/beneficiario se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias con la hacienda municipal.
6. Copia de la declaración de la renta de las personas físicas de los progenitores, del año precedente a la
solicitud o certificado de la exención de la misma.
7. En los supuestos de separación, nulidad o divorcio, se hará entrega de copia de la sentencia judicial
correspondiente y del convenio.
8. La autorización al Ayuntamiento de Don Álvaro para difundir la imagen del menor en el programa de
festejos municipal.
La presentación de la solicitud supone la aceptación incondicionada de las presentes bases y en caso de resultar beneficiario
de la subvención.
Los beneficiarios están obligados a comunicar al Ayuntamiento cualquier circunstancia que modifique los requisitos para
obtener la subvención, así como reintegrar la subvención concedida cuando se incumplan los requisitos para su concesión
establecidos en las presentes bases.
Don Álvaro, a fecha de la firma digital.- Ante mí, la Secretaria.- El Alcalde, Esteban Cortés Almendro.
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