Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04955/2022)
Convocatoria y bases reguladoras para la provisión temporal mediante nombramiento en comisión de servicios de un Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Valverde de Leganés
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En base a esos criterios, cada uno de los aspirantes será calificado de 0 a 10 puntos.
Séptima.- Acta de la Comisión de Valoración.
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes, se reflejará en un Acta una relación comprensiva de la totalidad de los
aspirantes, ordenada de mayor a menor puntación.
Será expuesta al público en los locales del Ayuntamiento y en la sede electrónica de este Ayuntamiento y sede electrónica
https://valverdedeleganes.sedelectronica.es/, durante el plazo de 5 días hábiles durante los cuales los participantes en el
proceso podrán formular reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y resueltas las reclamaciones se remitirá al órgano convocante para que dé su conformidad con la
propuesta de la Comisión de Valoración y la remita al ayuntamiento de procedencia para que de su conformidad con el
nombramiento del candidato propuesto.
Octava.- Nombramiento y toma de posesión.
El seleccionado habrá de presentar el informe favorable de la Administración de procedencia en el plazo de cinco días
hábiles desde que se le haya notificado su selección como el aspirante idóneo para ocupar el puesto en comisión de
servicios, debiendo tomar posesión del puesto en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que
reciban la notificación de dicho nombramiento o de ocho días hábiles si implica cambio de residencia.
En caso de que en el plazo concedido el seleccionado no presentase informe favorable a su nombramiento en comisión de
servicios o no tomase posesión del puesto, podrá procederse de igual modo con el aspirante que hubiera quedado en
segundo lugar en la evaluación de la comisión técnica, y así sucesivamente.
Novena.- Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en
Extremadura, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz
(artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura; el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único; la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura y el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado
y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Valverde de Leganés, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Borrego Rodríguez.
_________
ANEXO I: SOLICITUD DEL INTERESADO
DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre y apellidos:
Grupo/subgrupo:
NIF:
Escala:
Categoría:
Denominación del puesto:
DATOS DEL REPRESENTANTE
Tipo de persona:
Física
Jurídica
Nombre y apellidos/razón social:
NIF/CIF:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En base a esos criterios, cada uno de los aspirantes será calificado de 0 a 10 puntos.
Séptima.- Acta de la Comisión de Valoración.
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes, se reflejará en un Acta una relación comprensiva de la totalidad de los
aspirantes, ordenada de mayor a menor puntación.
Será expuesta al público en los locales del Ayuntamiento y en la sede electrónica de este Ayuntamiento y sede electrónica
https://valverdedeleganes.sedelectronica.es/, durante el plazo de 5 días hábiles durante los cuales los participantes en el
proceso podrán formular reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y resueltas las reclamaciones se remitirá al órgano convocante para que dé su conformidad con la
propuesta de la Comisión de Valoración y la remita al ayuntamiento de procedencia para que de su conformidad con el
nombramiento del candidato propuesto.
Octava.- Nombramiento y toma de posesión.
El seleccionado habrá de presentar el informe favorable de la Administración de procedencia en el plazo de cinco días
hábiles desde que se le haya notificado su selección como el aspirante idóneo para ocupar el puesto en comisión de
servicios, debiendo tomar posesión del puesto en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que
reciban la notificación de dicho nombramiento o de ocho días hábiles si implica cambio de residencia.
En caso de que en el plazo concedido el seleccionado no presentase informe favorable a su nombramiento en comisión de
servicios o no tomase posesión del puesto, podrá procederse de igual modo con el aspirante que hubiera quedado en
segundo lugar en la evaluación de la comisión técnica, y así sucesivamente.
Novena.- Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en
Extremadura, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz
(artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura; el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único; la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura y el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado
y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Valverde de Leganés, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Borrego Rodríguez.
_________
ANEXO I: SOLICITUD DEL INTERESADO
DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre y apellidos:
Grupo/subgrupo:
NIF:
Escala:
Categoría:
Denominación del puesto:
DATOS DEL REPRESENTANTE
Tipo de persona:
Física
Jurídica
Nombre y apellidos/razón social:
NIF/CIF:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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