Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04955/2022)
Convocatoria y bases reguladoras para la provisión temporal mediante nombramiento en comisión de servicios de un Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Valverde de Leganés

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valverde de Leganés
Valverde de Leganés (Badajoz)
Anuncio 4955/2022
Convocatoria y bases reguladoras para la provisión temporal mediante nombramiento en comisión de servicios de un
Agente de la Policía Local

BASES Y CONVOCTORIA PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL MEDIANTE NOMBRAMIENTO EN COMISIÓN DE SERVICIOS DE UN
AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal mediante nombramiento en comisión de servicios de carácter
voluntario del siguiente puesto vacante:

Puesto:

Agente Policía Local

Servicio:

Policía Local

RPT:

Personal funcionario de carrera

Grupo:

C1

Nivel:

19

Numero de vacantes:

1

Jornada:

Según planilla

Duración de la comisión: Un año prorrogable por otro, o hasta la provisión del puesto en propiedad
La comisión de servicios tendrá carácter provisional no pudiendo exceder su duración, en cualquier caso, de dos años. En el
caso de puesto vacante, el respectivo Ayuntamiento deberá cubrir la plaza con carácter definitivo en dicho plazo máximo de
dos años por algunos de los procedimientos regulados en el Decreto 64/2022, de 8 de junio.
Segunda.- Condiciones de admisión de aspirantes.
Sin perjuicio de tener que reunir otros requisitos específicos por la naturaleza de la plaza a cubrir con carácter provisional,
las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
a) Pertenecer a cualquiera de los Cuerpos de la Policía Local o ser Policía de los ayuntamientos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura que no hayan constituido Cuerpo.
b) Encontrarse en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación de segunda
actividad por razón de edad.
c) Llevar un mínimo de un año prestando servicios en el último puesto adquirido con carácter definitivo.
d) Contar con la conformidad de la Alcaldía del Ayuntamiento de procedencia.
e) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución
firme, no teniéndose en cuenta a estos efectos las ya canceladas.
f) No encontrarse cumpliendo una sanción disciplinaria impuesta por resolución firme a través del
correspondiente procedimiento, así como no haber sido separado del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública en virtud de
resolución disciplinaria o judicial firmes.
Todos estos requisitos deberán reunirse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso de provisión temporal del puesto vacante,
en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases para el puesto que se
opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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