Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (04927/2022)
Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual "José Luis Pérez Chiscano"
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 4927/2022

Faltas leves.
No es necesaria la instrucción de expediente sancionador.
Faltas graves.
La instrucción del expediente sancionador será iniciada por la dirección, a propuesta escrita del equipo
técnico o por propia iniciativa.
La sanción será impuesta por el representante legal de la entidad promotora, a propuesta de la dirección del
centro y requerirá comunicación escrita y motivada al inculpado, concediéndole un plazo de 72 horas para
que alegue en su defensa lo que estime oportuno.
Seguidamente, la dirección dará traslado de la propuesta de sanción a la entidad promotora, que dictará la
resolución definitiva con notificación al interesado.
Faltas muy graves.
Se seguirá el procedimiento descrito para las graves.
Vacaciones anuales.
El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituibles por compensación económica, será de 22 días
laborables.
El calendario de vacaciones será pactado por los trabajadores del proyecto y los representantes de la entidad
promotora, entendiendo, en cualquier caso, que los periodos establecidos afectarán a la totalidad de los
participantes.
No obstante, la dirección del proyecto, oído el equipo técnico y una vez analizados los itinerarios formativos y
las unidades de obra encomendadas, podrá restringir las fechas disponibles para el disfrute del periodo
vacacional, cuando entienda que la suspensión de las actividades en determinadas fechas repercute
negativamente en el desarrollo de aquellos.
El calendario de vacaciones será expuesto con dos meses de antelación en lugar accesible a los interesados.
Fiestas.
Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año,
de las cuales dos serán locales.
Permisos y licencias.
El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por
alguno de los motivos y por el tiempo que se estipula en la normativa laboral vigente aplicable.
Además de lo anteriormente expuesto, tienen derecho a ausentarse del trabajo según las siguientes
circunstancias:
- El tiempo estipulado en la legislación para los casos de matrimonio, maternidad, paternidad,
enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento.
- Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público y personal, comprendido el ejercicio de sufragio activo. Cuando conste en una norma
legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a
duración de la ausencia y a su compensación económica.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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