Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04913/2022)
Bases para la provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos del puesto de Jefatura de Unidad Coordinación Técnica de Procesos Tributarios perteneciente al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 4913/2022
Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el
Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes
en Materia de Régimen Local, en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en el Decreto 43/1996, de
26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de
los Funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Duodécima. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse por la/s
persona/s interesada/s legitimada/s uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Badajoz que corresponda, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las Bases podrán ser interpuestos por la/s persona/s
interesada/s los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
ANEXO I
Denominación del puesto
J. Unidad Coordinación
Técnica de Procesos
Tributarios
CD TP
22
S
CE
FP
12.186,27 CEM
Admón. Subgrupo Escala Titulación
AL
C1
AG2
Observaciones
E. D., J. Fx., Prl. J.
ABREVIATURAS:
CD: Complemento de Destino.
AL: Administración Local.
AE: Administración Especial.
AG: Administración General.
ED: Especial Dedicación.
J. Fx., Prl. J: Jornada Flexible, Prolongación de Jornada.
FUNCIONES JEFATURA UNIDAD COORDINACIÓN TÉCNICA DE PROCESOS TRIBUTARIOS
FUNCIONES GENÉRICAS:
Atención al público, presencial, telefónica y telemática.
Control de la calidad/cantidad respecto de las tareas encomendadas al personal de su Unidad.
Control en la permanencia en el puesto de trabajo, organización de los turnos de vacaciones, turnos de tardes y días
por asuntos propios del personal de la Unidad.
Supervisión y reparto de la documentación de entrada y salida.
Supervisión y control del inmueble y contenido, de su unidad administrativa, para su conservación y perfecta puesta
a disposición de los usuarios.
Despacho y propuesta de resolución de asuntos con el superior jerárquico.
Emisión de informes para el superior jerárquico.
Coordinación con otros departamentos, con la Jefatura de Servicio o la Gerencia.
Docencia en cursos para personal del O.A.R. y Ayuntamientos.
Formarse profesionalmente, mediante su participación en los programas y actividades formativas propias de la
Administración y su asistencia a las actividades externas que se consideren de interés.
Conocer la normativa aplicable a la Administración a la que pertenece y transmitirla cuando así sea indicado por su
superior jerárquico.
Sustituir al inmediato superior, con ocasión de Vacaciones, Licencias, Permisos o enfermedad de corta duración
cuando sea designado para ello.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido
del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el
Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes
en Materia de Régimen Local, en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en el Decreto 43/1996, de
26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de
los Funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Duodécima. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse por la/s
persona/s interesada/s legitimada/s uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Badajoz que corresponda, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las Bases podrán ser interpuestos por la/s persona/s
interesada/s los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
ANEXO I
Denominación del puesto
J. Unidad Coordinación
Técnica de Procesos
Tributarios
CD TP
22
S
CE
FP
12.186,27 CEM
Admón. Subgrupo Escala Titulación
AL
C1
AG2
Observaciones
E. D., J. Fx., Prl. J.
ABREVIATURAS:
CD: Complemento de Destino.
AL: Administración Local.
AE: Administración Especial.
AG: Administración General.
ED: Especial Dedicación.
J. Fx., Prl. J: Jornada Flexible, Prolongación de Jornada.
FUNCIONES JEFATURA UNIDAD COORDINACIÓN TÉCNICA DE PROCESOS TRIBUTARIOS
FUNCIONES GENÉRICAS:
Atención al público, presencial, telefónica y telemática.
Control de la calidad/cantidad respecto de las tareas encomendadas al personal de su Unidad.
Control en la permanencia en el puesto de trabajo, organización de los turnos de vacaciones, turnos de tardes y días
por asuntos propios del personal de la Unidad.
Supervisión y reparto de la documentación de entrada y salida.
Supervisión y control del inmueble y contenido, de su unidad administrativa, para su conservación y perfecta puesta
a disposición de los usuarios.
Despacho y propuesta de resolución de asuntos con el superior jerárquico.
Emisión de informes para el superior jerárquico.
Coordinación con otros departamentos, con la Jefatura de Servicio o la Gerencia.
Docencia en cursos para personal del O.A.R. y Ayuntamientos.
Formarse profesionalmente, mediante su participación en los programas y actividades formativas propias de la
Administración y su asistencia a las actividades externas que se consideren de interés.
Conocer la normativa aplicable a la Administración a la que pertenece y transmitirla cuando así sea indicado por su
superior jerárquico.
Sustituir al inmediato superior, con ocasión de Vacaciones, Licencias, Permisos o enfermedad de corta duración
cuando sea designado para ello.
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