Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04914/2022)
Bases para la provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos del puesto de Jefatura de Sección Información y Atención Ciudadana perteneciente al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 4914/2022
Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Real
Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en
Materia de Régimen Local, en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en el Decreto 43/1996, de 26
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Duodécima. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse por la/s
persona/s interesada/s legitimada/s uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz que
corresponda, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las Bases podrán ser interpuestos por la/s persona/s
interesada/s los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
ANEXO I
Denominación del puesto
J. Sección información y
atención ciudadana.
CD TP
24
S
CE
FP
14.737,67 €
CEM
Admón. Subgrupo Escala Titulación Observaciones
AL
A1/A2
AG/AE
E. D
ABREVIATURAS:
CD: Complemento de Destino.
AL: Administración Local.
AE: Administración Especial.
AG: Administración General.
ED: Especial Dedicación.
J. Fx., Prl. J: Jornada Flexible, Prolongación de Jornada.
FUNCIONES JEFATURA SECCIÓN INFORMACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA.
FUNCIONES GENÉRICAS:
Atención al público, presencial, telefónica y telemática.
Responsabilidad de la dirección, ejecución, coordinación y control del trabajo asignado a la Sección.
Estudio, informe y propuesta de carácter técnico y la directa realización de actividades para la que les capacita
específicamente la posesión de la titulación de grado medio o superior.
Control de calidad y cantidad respecto de las tareas encomendadas al personal de su Sección.
Control de la permanencia en el puesto de trabajo, organización de los turnos de vacaciones, turnos de tardes y días
por asuntos propios del personal de la Sección.
Supervisión y establecimiento de los criterios de reparto de la documentación de entrada y salida.
Supervisión y control del inmueble y contenido, de su unidad administrativa, para su conservación y perfecta puesta
a disposición de los usuarios.
Despacho y propuesta de resolución de asuntos con el superior jerárquico.
Emisión de informes solicitados por el superior jerárquico.
Elaboración del Plan Anual de Trabajo
Elaboración de la Memoria anual de gestión, así como el Boletín Estadístico Mensual de la Sección.
Dictar las instrucciones de trabajo y supervisar la ejecución de las mismas, proponiendo en su caso al Jefe de Servicio
la elaboración de 'Ordenes de Servicio'.
Formarse profesionalmente, mediante su participación en los programas y actividades formativas propias de la
Administración y su asistencia a actividades externas que se consideren de interés.
Docencia en cursos para personal del OAR y Ayuntamientos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Real
Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en
Materia de Régimen Local, en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en el Decreto 43/1996, de 26
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Duodécima. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse por la/s
persona/s interesada/s legitimada/s uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz que
corresponda, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las Bases podrán ser interpuestos por la/s persona/s
interesada/s los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
ANEXO I
Denominación del puesto
J. Sección información y
atención ciudadana.
CD TP
24
S
CE
FP
14.737,67 €
CEM
Admón. Subgrupo Escala Titulación Observaciones
AL
A1/A2
AG/AE
E. D
ABREVIATURAS:
CD: Complemento de Destino.
AL: Administración Local.
AE: Administración Especial.
AG: Administración General.
ED: Especial Dedicación.
J. Fx., Prl. J: Jornada Flexible, Prolongación de Jornada.
FUNCIONES JEFATURA SECCIÓN INFORMACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA.
FUNCIONES GENÉRICAS:
Atención al público, presencial, telefónica y telemática.
Responsabilidad de la dirección, ejecución, coordinación y control del trabajo asignado a la Sección.
Estudio, informe y propuesta de carácter técnico y la directa realización de actividades para la que les capacita
específicamente la posesión de la titulación de grado medio o superior.
Control de calidad y cantidad respecto de las tareas encomendadas al personal de su Sección.
Control de la permanencia en el puesto de trabajo, organización de los turnos de vacaciones, turnos de tardes y días
por asuntos propios del personal de la Sección.
Supervisión y establecimiento de los criterios de reparto de la documentación de entrada y salida.
Supervisión y control del inmueble y contenido, de su unidad administrativa, para su conservación y perfecta puesta
a disposición de los usuarios.
Despacho y propuesta de resolución de asuntos con el superior jerárquico.
Emisión de informes solicitados por el superior jerárquico.
Elaboración del Plan Anual de Trabajo
Elaboración de la Memoria anual de gestión, así como el Boletín Estadístico Mensual de la Sección.
Dictar las instrucciones de trabajo y supervisar la ejecución de las mismas, proponiendo en su caso al Jefe de Servicio
la elaboración de 'Ordenes de Servicio'.
Formarse profesionalmente, mediante su participación en los programas y actividades formativas propias de la
Administración y su asistencia a actividades externas que se consideren de interés.
Docencia en cursos para personal del OAR y Ayuntamientos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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