Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04856/2022)
Decreto por el que se aprueba la ampliación de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Badajoz para el ejercicio 2022
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Recursos Humanos
Anuncio 4856/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Recursos Humanos
Badajoz
Anuncio 4856/2022
Decreto por el que se aprueba la ampliación de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Badajoz para el ejercicio
2022
DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
PARA EL EJERCICIO 2022
Visto el expediente instruido para la ampliación de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2022 y conforme
a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. Mediante decreto de fecha 28 de julio de 2022, se ha aprobado la oferta de empleo público del Ayuntamiento de
Badajoz para el ejercicio 2022, el cual fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura (número 156) de fecha 12 de agosto
de 2022 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (número 146) de fecha 2 de agosto de 2022.
Segundo. De conformidad con lo previsto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y 128 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y el artículo 29 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, aprobado el presupuesto de las administraciones públicas de Extremadura, sus respectivos órganos de
gobierno aprobarán en el plazo máximo de tres meses la correspondiente oferta anual de empleo que deberá publicarse en
el Diario Oficial de Extremadura, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que
reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal, para su debida coordinación con las ofertas
de empleo del resto de las administraciones públicas. El Ayuntamiento de Badajoz, en la sesión plenaria celebrada el día 17
de mayo de 2022 aprobó los presupuestos generales municipales para el año 2022.
Tercero. Atendiendo a la existencia de plazas vacantes en el Ayuntamiento de Badajoz, dotadas presupuestariamente, y la
necesidad de cubrir las mismas, se plantea la incorporación de personal de nuevo ingreso a través de la correspondiente
oferta de empleo público.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La legislación aplicable es la siguiente:
- Los artículos 21.1.g) y 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Los artículos 69 a 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- El artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
- Los artículos 18, 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018.
- El artículo 29 de la Ley 13/2015, de 8 abril, de la Ley Función Pública de Extremadura.
- El artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- El artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
- La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
- Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público.
Segundo. La competencia para la aprobación de la oferta de empleo público le corresponde a la persona titular de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Recursos Humanos
Badajoz
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Decreto por el que se aprueba la ampliación de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Badajoz para el ejercicio
2022
DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
PARA EL EJERCICIO 2022
Visto el expediente instruido para la ampliación de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2022 y conforme
a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. Mediante decreto de fecha 28 de julio de 2022, se ha aprobado la oferta de empleo público del Ayuntamiento de
Badajoz para el ejercicio 2022, el cual fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura (número 156) de fecha 12 de agosto
de 2022 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (número 146) de fecha 2 de agosto de 2022.
Segundo. De conformidad con lo previsto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y 128 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y el artículo 29 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura, aprobado el presupuesto de las administraciones públicas de Extremadura, sus respectivos órganos de
gobierno aprobarán en el plazo máximo de tres meses la correspondiente oferta anual de empleo que deberá publicarse en
el Diario Oficial de Extremadura, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que
reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal, para su debida coordinación con las ofertas
de empleo del resto de las administraciones públicas. El Ayuntamiento de Badajoz, en la sesión plenaria celebrada el día 17
de mayo de 2022 aprobó los presupuestos generales municipales para el año 2022.
Tercero. Atendiendo a la existencia de plazas vacantes en el Ayuntamiento de Badajoz, dotadas presupuestariamente, y la
necesidad de cubrir las mismas, se plantea la incorporación de personal de nuevo ingreso a través de la correspondiente
oferta de empleo público.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La legislación aplicable es la siguiente:
- Los artículos 21.1.g) y 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Los artículos 69 a 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- El artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
- Los artículos 18, 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018.
- El artículo 29 de la Ley 13/2015, de 8 abril, de la Ley Función Pública de Extremadura.
- El artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- El artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
- La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
- Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público.
Segundo. La competencia para la aprobación de la oferta de empleo público le corresponde a la persona titular de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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