Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04797/2022)
Modificación del acuerdo sobre los criterios a tener en cuenta para el nivel II de la carrera profesional horizontal
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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Grupo subgrupo

Número de horas de formación mínimo

A2

50

C1

40

C2

30

E (Ley 30/1984) y agrupaciones profesionales (EBEP)

15

- Un informe del respectivo jefe o responsable del servicio sobre la conducta profesional, el
rendimiento y el logro de resultados en el desempeño del puesto de trabajo.
Nivel III y nivel IV.
Los requisitos para el reconocimiento de los niveles III y IV de carrera profesional horizontal deberán ser
negociados entre las partes, debiendo figurar entre los mismos necesariamente la trayectoria y actuación
profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación
del desempeño.
Séptimo.
1. Durante los primeros quince días del mes de enero de cada año, la Concejalía de régimen interior
convocará el concurso anual para la adquisición de los distintos niveles de la carrera profesional horizontal, a
excepción del nivel inicial.
2. Aprobada la convocatoria del concurso, que será anunciada en el tablón de edictos de la casa consistorial y
en la página web municipal, los empleados del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena podrán presentar
solicitud de participación, conforme al modelo normalizado que figura como anexo I y adjuntando a la misma
los documentos justificativos correspondientes a cada uno de los niveles, en el registro general del
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante
un plazo que terminará el día 30 de enero de cada año.
3. La Comisión de Evaluación prevista en el apartado cuarto será la encargada de evaluar cada una de las
solicitudes, pudiendo recabar cuantos informes entienda necesarios para la correcta valoración de los
méritos.
4. La Comisión de Evaluación efectuará una propuesta vinculante, estimatoria o desestimatoria, para el
reconocimiento del nivel de que se trate en el plazo de un mes desde la presentación de la solicitud.
5. La Concejalía de régimen interior resolverá lo procedente en cada caso en el plazo de un mes desde la
propuesta referida en el párrafo anterior.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente acuerdo entrará en vigor el día de su ratificación por el Pleno del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena,
adquiriendo desde entonces eficacia y vinculando directamente a las partes.
Tras su aprobación por el órgano competente se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
_______________
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO PARA LA ADQUISICIÓN DEL NIVEL 1 Y EL NIVEL 2 DE LA CARRERA
PROFESIONAL HORIZONTAL
Don/doña _____________________ con DNI ___________, y domicilio a efectos de notificaciones en ___________________________,
provincia de ____________, calle ____________________, número ____, teléfono ________, correo electrónico ___________________,
expone:
Que presta sus servicios en el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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