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Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas para la adquisición de juguetes para las Navidades 2022-2023
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Ayuntamiento de Llerena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Llerena
Llerena (Badajoz)
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Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas para la adquisición de juguetes para las Navidades 2022-2023

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE JUGUETES PARA LAS
NAVIDADES 2022-2023.
BDNS (identif.): 656756
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/656756).
1.- Bases reguladoras.
Las bases que han de regir la concesión de las ayudas ayudas para la adquisición de juguetes para las Navidades 2022-2023
fueron aprobadas por el Pleno Corporativo en su sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2022.
2.- Objeto, naturaleza y finalidad.
El objeto de las bases es establecer la regulación y los criterios que han de regir la concesión por parte del Excmo.
Ayuntamiento de Llerena, en régimen de concesión directa, de ayudas para la adquisición de juguetes para las Navidades
2022-2023.
Las ayudas tienen el carácter de subvenciones no periódicas de carácter económico y únicamente podrán destinarse a la
adquisición de juguetes, no teniendo la consideración de juguete los dispositivos electrónicos de telefonía móvil, tablets,
ordenadores de sobremesa o portátiles, pulseras electrónicas y similares que no estén dirigidos explícitamente a niños de
las edades a los que se destinan estas ayudas.
3.- Crédito presupuestario.
El importe total destinado a esta convocatoria de ayuda para la adquisición de juguetes para las Navidades asciende a
cuatro mil euros (4.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 231/48018 del presupuesto municipal del ejercicio
2022.
Esta cantidad se distribuirá a prorrata entre los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos en las presentes bases para
resultar beneficiarios, sin que en ningún caso la ayuda pueda exceder el importe de 80,00 €/menor.
La cuantía total máxima destinada a estas ayudas podrá incrementarse, motivadamente y previa tramitación del oportuno
expediente de modificación de crédito, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes y, por
tanto, no requiriéndose una nueva convocatoria de acuerdo con lo previsto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4.- Requisitos para ser beneficiarios.
Los indicados en la base 3.
5.- Formalización solicitud, plazo de presentación y desistimiento.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz hasta el 25 de noviembre de 2022, incluido.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán, con carácter general, inadmitidas.
Los lugares de presentación de la solicitud de ayuda, junto con la documentación exigida, serán los siguientes (pudiendo
optar por cualquiera de ellos):
En el Registro General del Ayuntamiento sito en plaza de España número 1.
En la sede electrónica del Ayuntamiento: https://sede.llerena.es/.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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