Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talarrubias. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04790/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Agente de la Policía Local mediante el sistema de movilidad
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Talarrubias

Anuncio 4790/2022

- No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
- Haber permanecido como mínimo tres años en situación de servicio activo en la misma categoría como
funcionario de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del Ayuntamiento de procedencia.
- Que al interesado le resten como mínimo tres años para pasar a la situación de segunda actividad por
petición propia.
2.2.- Además de los requisitos anteriores, los aspirantes no pueden estar incluidos en ninguno de los
supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del
personal al servicio de las Administraciones Públicas.
2.3.- Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de
presentación de instancias solicitando tomar parte en la oposición, y mantenerse durante todo el proceso
selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de ser seleccionado, del modo
indicado en las bases de la convocatoria.
BASE 3.ª.- Forma y plazos de presentación de documentos.
3.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se presentarán en el Registro General del
Ayuntamiento de Talarrubias o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre. Así mismo, quienes deseen presentar la documentación de manera electrónica lo podrán hacer a
través sede electrónica municipal https://talarrubias.sedelectronica.es/info.0.
3.2.- Las solicitudes presentadas a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser
fechadas y selladas por el personal funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas. Si la solicitud se
presentara en otro registro distinto al del Ayuntamiento de Talarrubias deberá comunicarse en el mismo día
de presentación, mediante correo electrónico a la dirección secretario@taklarrubias.escon el asunto «Avance
instancia para participar en proceso de movilidad de Policía Local», indicando nombre y apellidos del
solicitante, fecha de presentación y lugar donde se ha presentado.
3.3.- Las instancias se presentarán según modelo del anexo II de las presentes Bases, el cual puede
descargarse en formato rellenable en la mencionada sede electrónica, apartado "tablón de anuncios" y dentro
de éste, en "empleo público".
3.4.- En el impreso de solicitud, el/la solicitante deberá indicar una dirección de correo electrónico a efectos de
notificaciones, así como un número de teléfono móvil para su localización de forma ágil.
3.5.- Los aspirantes deberán manifestar, bajo su responsabilidad, que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos, en los términos en que se recogen en la base segunda y que se comprometen a poner a
disposición de la Administración municipal cuando sea requerido al efecto. Asimismo, también se
compromete a prestar juramento, o promesa, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al
Rey, y guardar, y hacer guardar la constitución como norma fundamental del Estado.
3.6.- El incumplimiento del requisito de presentación de la solicitud en el modelo oficial será causa de
exclusión, no pudiendo subsanarse posteriormente.
3.7.- Junto a la solicitud se aportarán estos documentos:
a. Fotocopia del DNI.
b. Fotocopias de los documentos que acrediten los méritos a valorar en la fase de concurso, según se
establece en el anexo I de estas bases.
c. Resguardo justificativo del abono de la tasa de derechos de examen o documentación acreditativa de estar
exento de su abono, así como justificación de reducción de tasa por bonificación, según lo establecido al final
de este apartado. En ningún caso la presentación del justificante de ingreso supondrá sustitución del trámite
de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.8.- Serán admisibles las copias simples de documentos, sin perjuicio de lo señalado en el apartado siguiente,
pues con la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, desaparece la figura de la "copia compulsada" y, en este sentido, se deroga el Real Decreto
772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la
Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 14