Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (04791/2022)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Técnico/a Auxiliar Electricista
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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QUINTA.- Tribunal de Selección.
Estará integrada por cinco miembros (una Presidencia, tres Vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo.
Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser personal funcionario de carrera y poseer una
titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como
observador/a una persona representante por cada organización sindical con representación en la Diputación de Badajoz.
Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros
titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá el/la Vocal presente de mayor jerarquía,
antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo
aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de
otro personal de Diputación o de otras Administraciones Públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del citado Tribunal.
SEXTA.- Procedimiento de selección.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 3.b del Reglamento de funcionamiento de las bolsas de trabajo de la Diputación
Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos, para formar parte de la bolsa de trabajo hay que superar todas las
pruebas que integran la presente convocatoria. La convocatoria se resolverá por el procedimiento de oposición (hasta un
máximo de 20 puntos).
Las personas que resulten admitidas deberán superar dos ejercicios, independientes, específicos y eliminatorios que
consistirán en:
a) Primer ejercicio (10 puntos máximo): teórico, tipo test, consistente en contestar en un máximo de sesenta
minutos, un cuestionario de cincuenta preguntas, más cinco de reserva, con tres respuestas alternativas,
basadas en el temario anexo, de las cuales solo una de ellas será la correcta.
Cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni penalizando
las preguntas no contestadas. Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán impugnar preguntas o
reclamar contra las respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal de Selección en un plazo de cinco
días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la plantilla de respuestas en la Oficina de atención a la ciudadanía y
en su página Web.
b) Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en realizar dos pruebas prácticas, de entre tres
propuestas, durante un tiempo máximo de dos horas, referentes al contenido del temario anexo, en los que
deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia a la plaza objeto de la convocatoria.
Este ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando,
en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a dos puntos. En
el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se eliminarán una de las
calificaciones máximas y otra de las mínimas.
Las referencias que en el anexo se contienen respecto de la normativa que expresamente se cita se considerarán referida a
aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya siempre que se encuentre vigente el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el alfabético, comenzando por la
persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "U" de conformidad con la resolución de 9 de mayo de 2022 de
la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE de 13-05-2022).
Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y
su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada una de ellos, debiendo obtener al
menos una puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio.
La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios, hasta un máximo de veinte
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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