Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Berlanga. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (04739/2022)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Berlanga
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Ayuntamiento de Berlanga

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Artículo 34.- El equipamiento de las agrupaciones.
El Ayuntamiento de Berlanga garantizará que:
a) La agrupación dependiente de él y sus miembros dispongan del equipamiento necesario para el desarrollo
de sus funciones.
b) Los miembros del voluntariado dispongan de una acreditación identificativa de su condición de persona
voluntaria.
2. Las herramientas y equipamiento que se utilicen deberán reunir los requisitos establecidos en las disposiciones legales
que les sean de aplicación, en particular en la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, debiéndose en todo
caso, adaptarse a las diferencias y necesidades morfológicas de hombres y mujeres.
3. La agrupación estará obligada a elaborar y mantener un inventario de todo el material y equipamiento de su propiedad,
que deberá ser almacenado de forma ordenada, numerada y ser conservado en buenas condiciones.
4. Los equipos de protección individual atenderán a los colores internacionales de protección civil, azul y naranja. Deberán
incorporar elementos de alta visibilidad y reflectantes.
Artículo 35.- Automóviles.
1. Los automóviles que pudieran emplearse en el servicio de la agrupación serán de color blanco. Pueden llevar algún
elemento de color naranja, conforme a lo que se disponga en la correspondiente orden de desarrollo.
2. El distintivo del voluntariado de protección civil se ubicará centrado en el capó y en las puertas delanteras del vehículo.
3. Se dispondrá la inscripción "Protección Civil" + "Municipio/Entidad Local (insignia)"
4. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros distintivos o rotulación se realizará de
modo que no dificulte la identificación del carácter del vehículo.
5. En el caso de que el vehículo proceda de una donación de una entidad pública o privada, se admitirá la inscripción de su
logo identificativo en uno o ambos laterales traseros del vehículo, siempre que el tamaño y su posición no den lugar a
confusión en cuanto al carácter del vehículo y su fin.
Artículo 36.- Instalaciones.
1. A efectos de lo dispuesto en el presente reglamento, las instalaciones podrán ser fijas o móviles.
2. Las instalaciones se adecuarán a las características señaladas tanto en el estatuto del voluntariado de protección civil y
emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura como en el presente reglamento que lo desarrolla.
3. En las instalaciones fijas, tales como edificios, locales o sedes, se dispondrá a la entrada cartelería con el distintivo del
voluntariado de protección civil. Debajo del distintivo, se ubicará la inscripción "Agrupación de Voluntariado de Protección
Civil de Berlanga".
4. En las instalaciones móviles, tales como hinchables, carpas o tiendas de campaña, en lugar visible se dispondrá el
distintivo del voluntariado de protección civil y la inscripción "Protección Civil de Berlanga"
5. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros distintivos o rotulación se realizará de
modo que no dificulte la identificación de la instalación.
6. En el caso de que la instalación proceda de una donación de una entidad pública o privada, se admitirá la inscripción de
su logo identificativo en la parte frontal inferior de la misma o en algún lateral, siempre que el tamaño y su posición no den
lugar a confusión en cuanto al carácter de la instalación y su fin.
CAPÍTULO VIII: UNIFORMIDAD
Artículo 37.- La uniformidad del voluntariado de protección civil.
Se define como uniformidad, el conjunto de normas que regulan el diseño, color y características del vestuario, distintivos y
otros efectos de aplicación a los recursos de las agrupaciones de voluntariado de protección civil de Extremadura para el
ejercicio y desarrollo de sus diferentes actividades y labores, según las diferentes condiciones climatológicas, debiéndose en
todo caso, adaptarse a las diferencias y necesidades morfológicas de hombres y mujeres.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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