Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04724/2022)
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a la pequeña y mediana empresa
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 4724/2022

- Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el
domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad.
- Resolución/certificación del alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutua profesional
correspondiente de la persona física o de la persona administradora actualizado a la fecha de presentación de
la justificación.
- Facturas y documentación acreditativa del pago de las mismas en relación a los gastos subvencionables.
-Vida laboral del solicitante y/o en su caso del código cuenta de cotización de la empresa/PYME, del periodo
comprendido entre el 1 de enero de 2022 hasta la publicación de estas bases, donde se exprese el número de
trabajadores existente en la misma, con periodos de alta y baja en esta.
- Fotografía de la publicidad efectuada, conforme a los requisitos de la base décimo tercera, en su letra j).
SEXTA.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
La cuantía total destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de veinticinco mil euros (25.000,00 €)
del vigente presupuesto municipal, con cargo a la aplicación presupuestaria 430.48923.
SEPTIMA.- CUANTÍAS MÁXIMAS DE LA SUBVENCIÓN.
Se otorgará una subvención por los siguientes importes máximos individualizados por persona o entidad beneficiaria, hasta
agotar el crédito presupuestario para este fin: máximo 400,00 €.
En el supuesto de sobrante de crédito presupuestario se incrementará proporcionalmente el máximo subvencionable por
solicitud admitida hasta completar el crédito.
Caso de agotarse el crédito presupuestario se reducirá proporcionalmente la cuantía de la subvención de los beneficiarios.
OCTAVA.- VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES.
Al tratarse de una concesión directa de subvenciones la valoración de las solicitudes se limitará a comprobar a través de la
documentación aportada y exigida para el acceso a la misma, que se han producido y pagado los gastos subvencionables.
En consecuencia, todas las entidades solicitantes que cumplan los requisitos serán beneficiarias por los importes máximos
establecidos en la base septima.
NOVENA.- PUBLICIDAD DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.a) Lugar de publicación: De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones la información relativa a la presente Convocatoria será remitida a la
Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) la cual servirá de medio electrónico para el cumplimiento de
las obligaciones de publicidad contenidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno. En este sentido el Real Decreto 463/2020 no ha alterado la obligación de
registro en la BDNS.
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios
situado en las dependencias municipales y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento y en su
página Web:
b) Plazo de presentación: La presentación de solicitudes tendrá lugar a partir del día siguiente a aquel en que
tenga lugar la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y
durante el plazo máximo de diez días hábiles
Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán, con carácter general, inadmitidas.
DECIMA.- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN.
La solicitud de la subvención y su justificación se realizará principalmente a través de medios electrónicos:
1.- La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado que se adjunta en el anexo I, que se podrá
descargar de la página web del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.- https://sede.fregenaldelasierra.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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