Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04712/2022)
Aprobación del Reglamento interno de la Escuela Profesional Dual "Bonhaval II"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 4712/2022
de trabajo, de caso de producirse reiteración en dicha conducta se le abrirá un expediente disciplinario. El
justificante de haber asistido a consulta o a otro deber inexcusable no justifica todo el día, solo justifica el
tiempo necesario para asistir a ese deber. En caso de justificantes médicos de otra naturaleza en localidad
distinta se analizará por parte del Equipo Técnico y/o del responsable de la entidad.
Todas las horas que el alumno-trabajador no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no, serán
descontadas del cómputo total de horas del módulo formativo que se esté impartiendo. No obstante, si no se
asistiera al menos al 75% de la duración asignada a los módulos teóricos-prácticos, no tendrán derecho a
presentarse a las pruebas que se realicen para superar el módulo formativo.
26.- Calendario y permisos retribuidos.
Los permisos retribuidos serán los que se establecen en el "Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo
del personal al servicio del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros", que regula al personal al servicio del
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, siempre teniendo en cuenta que estos permisos retribuidos
deberán ser siempre debidamente justificados.
El calendario laboral y los días de asuntos propios serán los establecidos para el personal del Ayuntamiento
de Villafranca de los Barros. Por razones de organización, deberán solicitarse por escrito en plazo no inferior a
tres días según modelo normalizado.
La dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada más de cinco
peticiones de alumnos de la especialidad. Esta denegación deberá ser motivada y comunicada al alumnotrabajador solicitante.
27.- Prevención de Riesgos Laborales, seguridad y salud laboral.
Es obligatoria para todos los miembros de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval II" la utilización de
todas las medidas de protección necesarias para la seguridad personal que recojan las evaluaciones iniciales
de riesgo que se elaboren y cumplir todas las normas de Prevención de Riesgos Laborales.
El personal de la Escuela Profesional deberá estar dotado por el centro del instrumental y material necesario
para desarrollar su labor y, en los casos en que su actividad lo precise, de la ropa de trabajo adecuada. El uso
de estas prendas – que serán repuestas en caso de deterioro – será obligatorio durante todo el tiempo de la
jornada laboral, y siempre de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria existente.
28.- Cualquier contingencia laboral no prevista en este Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual de
Empleo "Bonhaval II" será resuelta por el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, atendiendo para ello, preferentemente
a lo contenido en el "Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros" y al Estatuto de los Trabajadores.
V. NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO INTERNO.
1. Todo el personal de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval II" están obligados a ser puntuales.
2. El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación del material son necesarios en un
centro de enseñanza o trabajo. Alumnos/as-trabajadores y el Equipo Técnico velarán, por el buen uso del
aula, servicios y centros de trabajo.
3. Se considerarán faltas a la convivencia las cometidas dentro del centro o en cualquier actividad organizada
por la Escuela Profesional.
4. Los dispositivos móviles personales se depositarán en un lugar habilitado para ello durante el desarrollo de
las clases de formación, se utilizarán solo en el caso de ser indicado por el responsable de la formación en ese
momento.
5. Comunicar cualquier falta de asistencia a la Escuela Profesional en horario de 8:00h a 10:00, en cualquiera
de los numero de teléfonos: 924 527838 y/o 660087922
29.- Derechos y deberes de los/as trabajadores/as:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de trabajo, de caso de producirse reiteración en dicha conducta se le abrirá un expediente disciplinario. El
justificante de haber asistido a consulta o a otro deber inexcusable no justifica todo el día, solo justifica el
tiempo necesario para asistir a ese deber. En caso de justificantes médicos de otra naturaleza en localidad
distinta se analizará por parte del Equipo Técnico y/o del responsable de la entidad.
Todas las horas que el alumno-trabajador no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no, serán
descontadas del cómputo total de horas del módulo formativo que se esté impartiendo. No obstante, si no se
asistiera al menos al 75% de la duración asignada a los módulos teóricos-prácticos, no tendrán derecho a
presentarse a las pruebas que se realicen para superar el módulo formativo.
26.- Calendario y permisos retribuidos.
Los permisos retribuidos serán los que se establecen en el "Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo
del personal al servicio del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros", que regula al personal al servicio del
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, siempre teniendo en cuenta que estos permisos retribuidos
deberán ser siempre debidamente justificados.
El calendario laboral y los días de asuntos propios serán los establecidos para el personal del Ayuntamiento
de Villafranca de los Barros. Por razones de organización, deberán solicitarse por escrito en plazo no inferior a
tres días según modelo normalizado.
La dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada más de cinco
peticiones de alumnos de la especialidad. Esta denegación deberá ser motivada y comunicada al alumnotrabajador solicitante.
27.- Prevención de Riesgos Laborales, seguridad y salud laboral.
Es obligatoria para todos los miembros de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval II" la utilización de
todas las medidas de protección necesarias para la seguridad personal que recojan las evaluaciones iniciales
de riesgo que se elaboren y cumplir todas las normas de Prevención de Riesgos Laborales.
El personal de la Escuela Profesional deberá estar dotado por el centro del instrumental y material necesario
para desarrollar su labor y, en los casos en que su actividad lo precise, de la ropa de trabajo adecuada. El uso
de estas prendas – que serán repuestas en caso de deterioro – será obligatorio durante todo el tiempo de la
jornada laboral, y siempre de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria existente.
28.- Cualquier contingencia laboral no prevista en este Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual de
Empleo "Bonhaval II" será resuelta por el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, atendiendo para ello, preferentemente
a lo contenido en el "Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros" y al Estatuto de los Trabajadores.
V. NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO INTERNO.
1. Todo el personal de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Bonhaval II" están obligados a ser puntuales.
2. El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación del material son necesarios en un
centro de enseñanza o trabajo. Alumnos/as-trabajadores y el Equipo Técnico velarán, por el buen uso del
aula, servicios y centros de trabajo.
3. Se considerarán faltas a la convivencia las cometidas dentro del centro o en cualquier actividad organizada
por la Escuela Profesional.
4. Los dispositivos móviles personales se depositarán en un lugar habilitado para ello durante el desarrollo de
las clases de formación, se utilizarán solo en el caso de ser indicado por el responsable de la formación en ese
momento.
5. Comunicar cualquier falta de asistencia a la Escuela Profesional en horario de 8:00h a 10:00, en cualquiera
de los numero de teléfonos: 924 527838 y/o 660087922
29.- Derechos y deberes de los/as trabajadores/as:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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